REQUISITOS PARA CELEBRAR MANIFESTACIONES
La celebración de manifestaciones, a diferencia de las reuniones, sí debe ser comunicada por escrito a la autoridad gubernativa correspondiente por los organizadores o promotores de las mismas, y con UNA ANTELACIÓN DE DIEZ DÍAS COMO MÍNIMO Y TREINTA COMO MÁXIMO (solamente en caso… Leer más »REQUISITOS PARA CELEBRAR MANIFESTACIONES