RECLAMACIÓN NEGLIGENCIA
Todos los profesionales pueden cometer negligencias, ello hará que tengan que responder por los daños y perjuicios causados por su actuación, pero para ello deberemos demostrar que no han actuado con diligencia.
En este aspecto, es importante subrayar que los daños y perjuicios que puedan causar los profesionales por su actuación suele estar cubierta mediante seguro de responsabilidad civil suscrito por una compañía aseguradora.
Llegados a este punto hemos de referirnos también a la indemnización: la jurisprudencia del Tribunal Supremo establece que los daños y perjuicios han de ser probados y derivados del incumplimiento que nos han causado, además añade que estos daños y perjuicios no son solamente los materiales o económicos sino también los morales (por privación de derecho al proceso judicial) que estén debidamente probados.
En definitiva, el Tribunal Supremo establece una serie de requisitos para poder exigir la responsabilidad civil al abogado:
- Incumplimiento de sus deberes profesionales.
- Prueba del incumplimiento.
- Existencia de un daño efectivo.
- Existencia de nexo causal.
- Fijación de la indemnización equivalente al daño sufrido o proporcional a la pérdida de oportunidades.
Vemos los artículos del código civil:
Código Civil en su artículo 1101, que aquellas personas o profesionales que incurren en una negligencia, estarán sujetos a una indemnización por el daño causado.
“Articulo 1101 cc
Quedan sujetos a la indemnización de los daños y perjuicios causados los que en el cumplimiento de sus obligaciones incurrieren en dolo, negligencia o morosidad, y los que de cualquier modo contravinieren al tenor de aquéllas”
Indicar, además estarán obligados a la reparación del daño causado, tal como indica el 1902 de CC.
“El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado”.
Este despacho está especializado en reclamar negligencias, por lo que puede consultarnos su caso y veremos la viabilidad
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