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Guía práctica para solicitar el permiso de paternidad
Los nacimientos que se produzcan del 5 de julio de 2018 en adelante pueden beneficiarse de las nuevas cinco semanas de permiso de paternidad. Se modifica el artículo 48.7 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, que queda de este modo: «(…) el trabajador tendrá derecho a la suspensión del contrato por paternidad durante cinco semanas, ampliables en los supuestos de parto, adopción guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples en dos días más por cada hijo a partir del segundo».
Otra novedad: Los padres que sean funcionarios de la Junta de Andalucía llegarán a las 20 semanas de permiso por paternidad en 2020, según acaba de aprobar el Gobierno autonómico. Lo explicamos todo con detalle:
Novedades de la baja por paternidad
- Más duración. El nuevo permiso se amplía de cuatro a cinco semanas en caso de tener un solo hijo. Sondos días más por hijo a partir del segundo vástago, en caso de parto múltiple o bien adopciones o acogimientos múltiples con el objetivo de adoptar.
- Última semana. Se incluye una novedad: La última semana del nuevo permiso por paternidad se podrá disfrutar de forma independiente en otro momento «dentro de los nueve meses siguientes a la fecha de nacimiento del hijo, previo acuerdo entre empresario y trabajador”, cuestión útil para planificar actividades familiares.
- Funcionarios públicos. Si perteneces a este colectivo, podrás disfrutar de estas cinco semanas de permiso sin coincidir con la baja maternal para poder ampliar el tiempo de estancia del bebé bajo el cuidado familiar. De esta forma, a las 16 semanas de baja materna se unirían las cinco de permiso de paternidad: en total, 21 semanas.
- En 2020, bajas equiparadas en Andalucía. Los funcionarios de la Junta de Andalucía tendrán un permiso por paternidad de cinco semanas en 2018, que se ampliará a 10 semanas en 2019 y llegará a las 20 semanas en 2020, las mismas que contempla la baja por maternidad. Se podrán beneficiar unos 4.000 padres y serán (si no se modifica antes la legislación) los primeros progenitores españoles en disfrutar de un permiso de 20 semanas, equiparable al de sus parejas.
- A media jornada o jornada completa. Este punto se mantiene como antes: la nueva norma contempla que el permiso «podrá disfrutarse en régimen de jornada completa o en régimen de jornada parcial con un mínimo del 50 por ciento», siempre mediando un acuerdo entre la empresa y el trabajador. El régimen de la jornada será el mismo durante todo el periodo del permiso por paternidad. Siempre habrás de comunicarlo a tu empresa con la debida antelación. No está de más echar un vistazo al convenio colectivo que rige tu actividad profesional.
- Sólo para bebés nacidos a partir del 5 de julio de 2018. Esta medida no tiene efecto retroactivo, ni tan siquiera para aquellas familias cuyos hijos hayan nacido tan sólo un día antes de su entrada en vigor.
- El procedimiento, los derechos o prestaciones son los mismos que hasta ahora, tan sólo se modifica su duración. Pero para que no haya dudas te lo contamos todo.
¿Quién tiene derecho a solicitarlo y qué requisitos se necesitan?
Ya sea trabajador por cuenta ajena, funcionario o autónomo se podrá disfrutar del permiso de paternidad. ¿Los requisitos? Estar afiliados y en alta o en situación asimilada al alta. Además, tener cubierto un periodo decotización de 180 días dentro de los siete años inmediatamente anteriores a la fecha de inicio del permiso o al menos 360 días a lo largo de la vida laboral.
¿Hay que pedir algún documento a la empresa antes de solicitar la baja en la Seguridad Social?
Sí. El padre tiene que avisar a su empresa para que ésta prepare un certificado de baja, donde tiene que figurar el sueldo del último mes para que la Seguridad Social pueda establecer los baremos de pago.
¿Dónde puedo solicitarlo?
Una vez que el bebé ha nacido hay que dirigirse a las oficinas de la Seguridad Social y rellenar el modelo oficial de Solicitud de Maternidad-Paternidad. Se debe, además, presentar los siguientes documentos: certificado de nacimiento del niño, original y fotocopia del DNI, el certificado de la empresa, última nómina, número de cuenta para que se realice el ingreso y el Libro de familia (fotocopia y original) o certificado literal de nacimiento.
¿Cuánto se cobra?
Dependerá del sueldo de cada padre. Pero se cobrará el 100 por ciento de la base reguladora del sueldo. No se seguirá disfrutando de dietas, cheques comida o transporte, en el caso de que los tenga. Este permiso lo abona la Seguridad Social y no la empresa, de modo que no están contemplados extras.
¿Cuándo hay que disfrutar el permiso de paternidad?
- Los dos primeros días han de tomarse de manera inmediata al parto, el día del alumbramiento y el siguiente, y los restantes cuando se crea conveniente siempre que sea dentro de las 16 semanas que coinciden con la baja de la madre. Además, tienen que ser disfrutadas en el plazo de nueve meses después del día del parto: si no se disfrutan, se pierden.
- Como hemos visto, en el caso de los funcionarios públicos, ahora se incluye la posibilidad de que el permiso por paternidad pueda disfrutarse sin coincidir con la baja materna para que ele bebé esté cuidado con uno de sus progenitores durante 21 semanas seguidas.
- Podrá disfrutarse en régimen de jornada completa o parcial de un mínimo del 50 por ciento, previo acuerdo con el empresario y es compatible e independiente del disfrute compartido de los períodos de descanso por maternidad.
Paternidad…, ¿es un derecho o deber?
El permiso de paternidad es un derecho del trabajador. No es obligatorio disfrutarlo pero sí es altamente recomendable. El vínculo padre-hijo que se crea durante las primeras semanas de vida es inigualable y seguro que no te lo querrás perder. Incluso una vez solicitado el permiso por paternidad, puedes decidir reincorporarte a tu puesto de trabajo antes de su finalización, pero nunca va a haber nada más importante que cuidar de tu recién nacido.
Protección ante el despido
Sí. Si se disfruta, aunque sea de un solo día del permiso por paternidad tiene protegido su empleo hasta que su hijo cumpla nueve meses. El despido sería nulo, salvo que la empresa pueda demostrar que es procedente.
¿Puedo solicitarlo si estoy en paro?
Cuando hablamos de paro podemos contemplar dos situaciones posibles:
- Si el padre está disfrutando de este permiso y se pierde el empleo: Se continuará percibiendo la prestación por paternidad el tiempo establecido. Después, se pasará a la situación legal de desempleo y a percibir el paro que corresponda.
- Si se está sin trabajo y se tiene un hijo: Se suspende la prestación por desempleo y se pasa a percibir la prestación por paternidad. Y cuando termine la de por paternidad se volverá a cobrar el paro.
¿Y si se trata de una adopción o acogimiento?
Además de los nacimientos el permiso de paternidad también existe cuando hay una adopción o acogimiento. Por eso se define como “el derecho del trabajador a percibir un subsidio durante los días de suspensión de contrato de trabajo, o cese en la actividad, en caso de nacimiento de nacimiento de un hijo, adopción o acogimiento”.
¿Se pueden ceder días a la madre?
No podrá ser cedido a la madre en ningún caso. En cambio la madre sí puede transferir al padre parte de su permiso de maternidad hasta un máximo 10 semanas, una opción que sin embargo sólo elige un 1,68% de las parejas.
De modo que un padre podría ir sumando para disfrutar de su pequeño los días de permiso por nacimiento, sus cinco semanas y los de permiso de maternidad que pueden ser cedidos.
Permiso de nacimiento
Junto al permiso de paternidad tenemos el permiso de nacimiento, que son dos o cuatro días según sea necesario realizar o no un desplazamiento, y que paga la empresa.
¿El número de días puede ser ampliable?
Como ya dijimos al principio de la página. el permiso de paternidad se amplía en dos días más por cada hijo a partir del segundo cuando se trate de parto, adopción o acogimiento múltiple. En esto no ha habido modificaciones.
En caso de familia numerosa…
La ley señala que “no prevé la ampliación del permiso en los supuestos de familia numerosa o cuando en la familia haya una persona con discapacidad o sea el hijo adoptado o menor acogido el que la padezca”. Es decir, que con el nuevo permiso de paternidad se equiparan a 28 los días de cualquier tipo de familia, con independencia de si estas son numerosas o no o cuentan con algún miembro con discapacidad.
¿Cuál es la duración del permiso de paternidad? ¿Cómo se solicita? 10 claves
El permiso de paternidad en España sigue siendo de 5 semanas, pese a que los presupuestos del 2019 preveían su ampliación a 8 semanas
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