SER PAREJA DE HECHO EN LA COMUNIDAD DE MADRID
CUMPLIR REQUISITOS
Lee los requisitos. Si los cumples puedes inscribirte:
- Ser mayor de edad o menor emancipado.
- Estar empadronados en el mismo domicilio durante un período ininterrumpido de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de inscripción y tener su residencia en la Comunidad de Madrid.
- Estado civil: Soltero, viudo, divorciado o separado judicialmente.
- No estar unidos por vínculo de parentesco los miembros de la pareja (hasta tercer grado).
- No formar unión de hecho con otra persona.
- No estar inscrita la unión de hecho en el Registro de otra Comunidad Autónoma.
- No estar afectado por una deficiencia o anomalía psíquica que no permita prestar consentimiento a la unión válidamente.
Reúne la siguiente documentación y preséntala junto al formulario de solicitud de cita:
- Justificante de pago de la tasa (modelo 030). Se presentará el día de la inscripción en el Registro de Uniones de Hecho. 82,12 €
- NIF o NIE, Pasaporte completo o Tarjeta de residencia (documentos que estén en vigor) de los solicitantes.
- Certificación* del padrón municipal (expedido por el Ayuntamiento del término municipal donde residan). No se admitirán volantes. No será necesario su aportación si se autoriza su consulta en el modelo de solicitud. Recuerde que si en la consulta se obtiene un período de empadronamiento inferior a doce meses o no existen datos, deberá aportar un certificado de empadronamiento histórico.
- Para españoles:
Divorciados, anulados o separados judicialmente:
Cerficado literal del matrimonio anterior con la anotación marginal del divorcio, nulidad o separación judicial.
Solteros:
Es necesario que declares tu soltería ante el encargado del Registro de Uniones de Hecho (ya no tienes que acudir al Registro Civil). Accede al Modelo de de Decalaración responsable de Fe de Vida y Estado Civil de Soltería.
Viudos:
Certificado literal de matrimonio anterior y Certificado literal de defunción del cónyuge fallecido.
- Para extranjeros:
Divorciados, anulados o separados judicialmente:
Certificado literal del matrimonio anterior con la anotación marginal del divorcio, nulidad o separación judicial.
Solteros:
Certificado de capacidad matrimonial o certificado de soltería, según lo que establezca la ley de su país.
Viudos:
Certificado literal de matrimonio anterior y Certificado literal de defunción del cónyuge fallecido.
El original de la documentación extranjera, o documentación expedida por los servicios consulares extranjeros en España, debe estar debidamente legalizada (la legalización sólo se podrá llevar a cabo por la Dirección General de Asuntos Consulares y Protección de Españoles en el Extranjero, del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación) salvo en los casos en que el país que expida el documento haya firmado un Convenio Internacional con España que le exima de tal requisito. Sólo se aceptará documentación original.
Todos los documentos expedidos en un idioma que no sea el castellano, deberán ser traducidos por Traductor/a-Intérprete Jurado nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación (para ello puedes consultar el listado de traductores-intérpretes jurados en ejercicio en www.maec.es y a su vez, las embajadas, consulados y notarías disponen de traductores jurados habilitados para tal fin).
* Los Certificados tendrán una validez de tres meses desde su expedición, teniendo que cumplir con este requisito de validez en la fecha de la presentación de la solicitud de cita para inscripción en el Registro de Uniones de Hecho.
* El Certifcado de estado civil tiene que expedirse por el país coincidente con la nacionalidad con la que te inscribes.
Fuente Ley 11/2001, de 19 de diciembre, de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid.
PASOS PARA SER PAREJA DE HECHO
- Lo primero que tienes que hacer es solicitar todos los documentos indicados en el apartado anterior según vuestro caso.
- A continuación, deber hacer el pago de la tasa 030 en una entidad bancaria de 82,12 €.
- Una vez que dispongas de los documentos, debes realizar la solicitud de tu cita adjuntando una copia de los documentos señalados en el apartado anterior
- El día de la cita deberán acudir ambos miembros de la pareja en persona ante el Registro de Uniones de Hecho situado en calle Los Madrazos, 34, planta baja, Madrid. Recordad que debéis llevar todos vuestros documentos originales. Sólo tenéis que acudir vosotros como pareja, NO es necesario que acudáis con testigos.
- Una vez realizada la cita, el Registro de Uniones facilitará una copia de la inscripción o certificado de la unión de hecho. Este documento lo deberás aportar la oficina de extranjería en el caso de que uno de los miembros de la pareja desee solicitar su residencia en España. [si necesitas ayuda con la presentación del permiso de residencia, contáctanos y con gusto os ayudamos]
Ley 11/2001, de 19 de diciembre, de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid.
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