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Oposición seguro al pago indemnización siniestro

Cuando uno sufre un accidente de tráfico, la compañía aseguradora del vehículo causante del siniestro tiene la obligación de indemnizar los daños materiales sufridos en los vehículos, y también las lesiones sufridas por las personas que viajaban en los mismos.

Pero, tras la modificación del Texto Refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, por la Ley 35/2015, de 22 de Septiembre, las aseguradoras empiezan a intentar escaquearse de pagar la indemnización por lesiones- sobre todo si se trata de lesiones cervicales.

Toda la picaresca que se utilizó para reclamar indemnizaciones por lesiones inexistentes, llevando el collarín durante unos meses, ha dado lugar a esta modificación legal para evitar que siguieran cometiéndose fraudes a las entidades aseguradoras. Pero como todo, esta finalidad ha sido utilizada por las aseguradoras para no pagar y defraudar a los lesionados.

En este caso, se apoyan en el artículo 135 del Texto Refundido- que se refiere a la indemnización por traumatismos menores de la columna vertebral, que exige para indemnizar estas lesiones– que no son susceptibles de verificación mediante pruebas médicas, sino que se basan en la existencia del dolor del lesionado, –unos requisitos, que son los siguientes criterios:

– exclusión: que no haya otra causa que justifique totalmente la patología sufrida– en estos casos, por parte de la Aseguradora obligada al pago se piden, a través del Juzgado, informes médicos de traumatología de la persona lesionada desde que nació para decir que cualquier lesión cervical que hubiera sufrido en su vida es la causa de la lesión actual;

– cronológico: que los síntomas se manifiesten en un plazo de 72 horas desde el accidente- por lo que es muy importante acudir al médico en cuanto aparezcan los síntomas, para poder acreditarlo;

– topográfico: que se corresponda la lesión sufrida con la parte del cuerpo lesionada;

– y el criterio de intensidad: En la adecuación entre la lesión sufrida y el mecanismo de su producción, teniendo en cuenta la intensidad del accidente y las demás variables que afectan a la probabilidad de su existencia.
Pues bien, si has tenido un accidente en que los daños del vehículo hayan sido escasos, las Aseguradoras alegan que el accidente no pudo tener la intensidad necesaria para causarte la lesión cervical que tienes, y no te pagan ninguna indemnización, ni siquiera aunque solamente solicites la indemnización de los días de curación, sin secuelas…
Y cómo lo hacen? Bueno, pues ahora encargan unos estudios llamados biomecánicos- que encargan a gabinetes de ingenieros, que analizan el incremento de velocidad que sufre el vehículo como consecuencia de la colisión

…….

Es por ello que para reclamar tu indemnización necesitarás un despacho de abogados especializado que pruebe las circunstancias particulares del accidente, así como el nexo de causalidad con las lesiones sufridas y el daño material producido. Para los casos complejos también contamos con una extensa red de peritos a precios económicos que asegurarán tu indemnización.

Quedamos a tu disposición para aclarar dudas o tratar tu asunto,

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