Puede que acabes de iniciar tu carrera profesional y apenas estés familiarizado con toda la documentación que se te viene encima, o tal vez tengas cierta práctica con los asuntos financieros, pero todavía no hayas tenido tu primera experiencia con un préstamo o ni siquiera sepas lo que es un préstamo al 100 %. Sea cual sea tu destreza con los productos bancarios, llega un momento en el que te asaltan dudas respecto a tu responsabilidad fiscal.
Si acabas de solicitar una ayuda y es el primer trámite que gestionas de este estilo, puede que te preguntes si los préstamos hay que declararlos a Hacienda. Si además quieres estar prevenido antes de la declaración anual, puede que este artículo te sea de ayuda a la hora de rellenar el formulario. Continúa leyendo y entérate de todo.
¿Hacienda te pide que declares los préstamos?
En la Declaración de la Renta deben declararse tanto nuestros ingresos como nuestro patrimonio dentro del año fiscal. Esto es necesario para saber qué cantidad de dinero debe pagar una persona por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, conocido como IRPF. Puesto que un préstamo supone una entrada de dinero, aunque sea temporal, puede surgir la duda sobre si debe reflejarse en la declaración.
Pues bien, como un préstamo, al contrario que las nóminas o una pensión, no es un ingreso, la respuesta sobre si los préstamos hay que declararlos a Hacienda sería que no. Esto se debe a que, como debemos un dinero que no nos pertenece y, por ende, tenemos que devolverlo, Hacienda no lo considera un aumento en nuestro capital privado. Ahora bien, como os habréis imaginado, existen excepciones.
¿Qué préstamos sí se declaran a Hacienda?
En los casos en los que debemos declarar nuestro préstamo, ya sea por obligación o por interés a la hora de desgravarnos ese dinero, encontraremos los siguientes tipos:
Los préstamos hipotecarios
No en todos los supuestos es posible, pero, en el caso de haberse firmado un préstamo hipotecario y haberse aplicado la deducción antes de 2013, sí que podríamos incluir en la declaración todos los costes relacionados con la adquisición de la casa, seguros incluidos. Hacienda permite que recuperemos hasta el 15 % del capital gastado, tanto por compra como por reforma con un máximo de 1.356 € en IRPF al año. Llegados a este momento puede que te interese tener más información sobre lo que son los préstamos con aval hipotecario.
Las cantidades pueden incluir el capital amortizado, los intereses pagados y otros gastos derivados. Eso sí, el importe máximo sobre el que desgravarnos es de 9.040 €. De hecho, en caso de tener una hipoteca de dos titulares cada uno podrá desgravar dicha cantidad.
Sin embargo, aún hay ciertas situaciones particulares como es el caso de los préstamos de estudiantes en Cataluña. En Navarra, por ejemplo, se alarga la normativa al 1 de enero del 2018 y en el País Vasco, incluso, se mantiene a día de hoy la deducción de la vivienda. Y sí, existen préstamos para jóvenes y estudiantes universitarios.
Los préstamos para la reforma de una vivienda
De la misma manera que ocurre con los préstamos hipotecarios, los préstamos para la reforma de la vivienda se pueden declarar siempre y cuando esta haya finalizado antes del 1 de enero de 2017 y el préstamo se haya firmado también antes del 1 de enero de 2013. También se mantiene el 15 % deducible del capital gastado con el máximo de 1.356 euros en IRPF al año.
Los préstamos entre familiares
Como ya anticipamos en un artículo de nuestro blog en el que hablamos sobre los préstamos entre familiares (añadir enlace), este tipo de préstamos están sujetos al conocido como Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) en su modalidad TPO que, cuando se acuerda la gratuidad del mismo, estarán exentos de tributación. Ahora bien, esto no quita que se deba informar a Hacienda a través del modelo 600 de la Agencia Tributaria para evitar sospechas por donación encubierta.
¿Qué ocurre con los autónomos?
Una de las novedades que traerá la Declaración de la Renta en 2023 será la obligación a declarar por parte de «todas aquellas personas físicas que en cualquier momento del período impositivo hubieran estado de alta como trabajadores por cuenta propia».
Desde la introducción de este Real Decreto-ley 13/2022, siempre que un préstamo personal vaya ligado a la actividad económica o a los gastos relacionados con el negocio de los autónomos, además de estar justificados, se pueden desgravar sus intereses y recargos. Un ordenador adecuado o los gastos del transporte para poder llevar a cabo el trabajo serían ejemplos de esto. No lo sería, por supuesto, el crédito que ha solicitado esa misma persona para pagar una deuda no asociada a su negocio.
Al contrario que las ayudas, que como subvención tributan y cotizan en el IRPF porque se encuentran en el bloque de rendimientos del trabajo, los préstamos ICO no tributan. De la misma manera tampoco lo hacen las dispensas de la RETA, o cuota al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
Resumen y conclusiones
En definitiva, si tienes dudas sobre si los préstamos hay que declararlos a Hacienda, repasa la fecha en la que firmaste tu acuerdo con el banco y ten en cuenta tus responsabilidades burocráticas. Por lo general, si disfrutas del servicio de un préstamo estándar y sigue siendo nuestra obligación cumplir con su devolución en unos plazos, no habrá nada que declarar si no somos autónomos o hablamos de la adquisición o reforma de una vivienda.
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