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LEGALIDAD GRABACION DE IMAGENES EN VIA PUBLICA

PROCESO PENAL. PRUEBA VIDEOGRÁFICA.

La filmación de escenas presuntamente delictivas que suceden en espacios públicos no vulnera derechos fundamentales si los aparatos de captación no invaden el espacio reservado para la intimidad de las personas, por lo que su obtención no precisa autorización judicial. Respecto a dicha prueba videográfica, aun partiendo de la legitimidad de la grabación, es necesario activar los controles pertinentes para enervar cualquier riesgo de alteración o trucaje del material videográfico obtenido, o lo que es lo mismo, garantizar su autenticidad. Por tanto, no cabe acordar la nulidad de las grabaciones que fueron visionadas y sometidas a contradicción en la vista oral del juicio.

STS nº 135/2019 Penal 12/03/2019

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