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Las estrellas de los hoteles no van en función de la calidad

En España no existe un sistema homogéneo de clasificación para los hoteles. Cada Gobierno Autonómico tiene su propia legislación aunque en la práctica las diferencias entre las distintas comunidades autónomas son mínimas. Es obligatorio solicitar la clasificación del establecimiento hotelero que se mantendrá mientras se cumplan los requisitos.

La Orden de 8 de abril de 1939 constituyó la primera reglamentación de establecimientos hoteleros, determinándose la competencia del Ministerio de Gobernación y del Servicio Nacional de Turismo para autorizar la apertura de establecimientos hoteleros, fijar las categorías de los mismos, determinar sus precios e inspeccionar los servicios hoteleros.

Las normativas siguientes fueron considerando, entre otros, los requisitos que debían cumplir los establecimientos para poder acceder a una u otra categoría, siendo la Orden de 19 de julio de 1968 la que incorporó la conocida fórmula de clasificación por estrellas, cuya competencia es de la Dirección General de Empresas y Actividades Turísticas.

Los requisitos mínimos son:

1 ESTRELLA: Habitación doble de 12 m2 mínimo, habitación individual de 7 m2 mínimo, cuarto de baño (baño o ducha) de 3,5 m2 mínimo, calefacción y ascensor.

2 ESTRELLAS: Habitación doble de 14 m2 mínimo, habitación individual de 7 m2 mínimo, cuarto de baño (baño o ducha) de 3,5 m2 mínimo, teléfono en habitación, calefacción, ascensor y servicio de caja de seguridad.

3 ESTRELLAS: Habitación doble de 15 m2 mínimo, habitación individual de 8 m2 mínimo, cuarto de baño (baño o ducha) de 4 m2 mínimo, teléfono en habitación, calefacción, aire acondicionado en zonas comunes, ascensor, bar y servicio de caja de seguridad.

4 ESTRELLAS: Habitación doble de 16 m2 mínimo, habitación individual de 9 m2 mínimo, cuarto de baño (baño y ducha) de 4,5 m2 mínimo, teléfono en habitación, calefacción, aire acondicionado en habitación, ascensor, bar y caja fuerte en habitación.

5 ESTRELLAS: Habitación doble de 17 m2 mínimo, habitación individual de 10 m2 mínimo, cuarto de baño (baño y ducha) de 5 m2 mínimo, teléfono en habitación, calefacción, aire acondicionado en habitación, ascensor, bar y caja fuerte en habitación.

Fuente: CEHAT.

 

 

Así las cosas, estos son los “mitos” sobre la clasificación hotelera que más a menudo aparecen en las conversaciones:

1º mito: Las estrellas no se conceden como reconocimiento a la calidad del hotel. No, no son como las estrellas Michelín de los restaurantes. La categoría del establecimiento, las estrellas, la establece el empresario en función de sus intereses.

2º: mito: Las estrellas son iguales en todo el mundo. No, desgraciadamente no. Ni en el mundo, ni en España! Y digo desgraciadamente porque si así fuera, los hoteles españoles serían los grandes beneficiados, pues tenemos la mejor planta hotelera del mundo. Y esto lo digo sin el más leve atisbo de rubor ni duda, como todo el que haya viajado fuera de nuestras fronteras habrá podido comprobar en sus propias carnes.

3º mito: Las estrellas son para siempre. Como hemos comentado, la clasificación la establece el empresario, por lo que si en algún momento quisiera cambiarla, esto es, subir o bajar de categoría,  puede hacerlo. Caso práctico: Con la actualización del código deontológico del sector médico-farmacéutico en los años 2006 y 2007, uno de los aspectos modificados fueron los incentivos y uso de hoteles, lo que significó la “prohibición” para todo el sector médico y farmacéutico de hoteles de lujo, los de cinco estrellas. Esto provocó que muchos de los hoteles de 5* enfocados al segmento corporativo y a la organización de eventos se bajaran a 4*, para así poder seguir acogiendo a este jugoso nicho de clientes. Los hoteles, los servicios y los precios no variaron un ápice como era de esperar, pues se hablaba de categoría, no de precio.

4º mito: El precio se establece en función de las estrellas. Si, pero no. Todos los hoteles en España están obligados a tener en su recepción el precio mínimo y el precio máximo (tarifa Rack) de cada habitación, que notifican al organismo competente. Pero este precio lo establece el empresario en función de su estrategia comercial (los que la tienen, claro!). ¿Puede darse la circunstancia de que un hotel de una o dos estrellas tenga tarifas mas altas que uno de 5*? Si. De hecho, conozco algún caso.

5º mito: Existen los hoteles de 6* y 7*. No, no existen. No hay ninguna norma de clasificación que disponga de categorías de seis, y mucho menos siete estrellas. Ni tampoco los 4*SUP ni los 5GL tan comunes en España.

 

Por no extenderme mucho más, a continuación voy a comentar algunos los aspectos que considero más relevantes sobre clasificación hotelera:

– La normativa varía en función de la comunidad autónoma. Si, al igual que ocurre con Sanidad, las responsabilidades en materia turística están transferidas desde hace años a las comunidades autónomas (otra gran cagada), lo que supone que los requisitos que debe cumplir un hotel en la Comunidad de Madrid para ser cinco estrellas no tienen por qué coincidir con los de Cataluña, Comunidad Valenciana o Galicia. Aunque sí es cierto que, a efectos prácticos, las diferencias son mínimas…

– Los requisitos no coinciden con el concepto de calidad del cliente. Y es que lo que el gran público, nuestros clientes, entienden por calidad, no está reflejado en los requisitos de la norma. Así las cosas, existen unos requisitos técnicos generales que incluyen aspectos tales como la superficie mínima de las habitaciones, la medida de los pasillos, insonorización, protección contra incendios o publicación de precios en recepción y habitaciones, por ejemplo, que poco o nada tienen que ver con la ubicación, diseño, estado de conservación o servicios disponibles, aspectos quizá mas cercanos al concepto “calidad” de los clientes.

Sirvan de ejemplo los requisitos mínimos para hoteles de cinco estrellas, que podemos encontrar en la Web de CEHAT : Habitación doble de 17 m2 mínimo, habitación individual de 10 m2 mínimo, cuarto de baño (baño y ducha) de 5 m2 mínimo, teléfono en habitación, calefacción, aire acondicionado en habitación, ascensor, bar y caja fuerte en habitación.

 

Quien tenga curiosidad o quiera profundizar, aquí están los requisitos que deben cumplir los hoteles en la Comunidad de Madrid (año 2006).

– Si el tema de la clasificación de hoteles y hostales es un berenjenal de cuidado, imaginad ahora lo que pasa en los alojamientos rurales, donde existen hoteles rurales, casas rurales, viviendas de turismo rural, alojamientos rurales independientes, casonas rurales, posadas reales, etc… y están clasificadas por llaves, espigas, soles, espuelas, etc…

 

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