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JUICIO POR DELITO LEVE DE LESIONES

Delito leve por lesiones de menor gravedad

El delito leve por lesiones de menor gravedad fue una de las novedades de la reforma del Código Penal, castigado con pena de multa de uno a tres meses.

Para introducir el tema sobre el delito leve por lesiones de menor gravedad,  hay que dar respuesta a la siguiente pregunta: ¿Qué se considera una lesión en el ámbito penal?

A efectos penales, se entiende por lesión todo daño causado en la integridad corporal, o en la salud física o mental de una persona.

Por lo tanto, los bienes jurídicos protegidos en los delitos de lesiones, son la integridad corporal, y la salud física o mental de una persona.

Por otra parte, las lesiones se regulan en la clase de delitos cometidos contra las personas.

 

El TIPO BÁSICO del delito de lesiones se encuentra en el artículo 147.1 del Código Penal, conforme al cual:

El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión que menoscabe su integridad corporal o su salud física o mental, será castigado, como reo del delito de lesiones con la PENA DE PRISIÓN de 3 MESES a 3 AÑOS o MULTA de 6 a 12 meses, siempre que la lesión requiera objetivamente para su sanidad, además de una primera asistencia facultativatratamiento médico o quirúrgico. La simple vigilancia o seguimiento facultativo del curso de la lesión no se considerará tratamiento médico”.

Y como veremos posteriormente, el delito leve por lesiones de menor gravedad será aquel que «NO NECESITE además de una primera asistencia facultativa, TRATAMIENTO MÉDICO o QUIRÚRGICO«.

EJEMPLO del delito leve por lesiones de menor gravedad

Lo encontramos cuando una persona agrede de forma física a otra, causándole arañazos o un hematoma que únicamente requiere para su sanidad de una sola asistencia facultativa (le prescribe el médico algún fármaco para el dolor) pero no requiere de posterior tratamiento médico o quirúrgico.

OBSERVACIÓN:

Los puntos de sutura que recibiera el lesionado, son considerados como tratamiento médico o quirúrgico, por lo que dicha conducta será considerada delito de lesiones del artículo 147.1 del Código Penal y no un delito leve.

Hay que recordar que la reforma del Código Penal (vigente a partir del 1 de julio de 2015) ha variado la configuración del sistema punitivo español que diferenciaba los DELITOS de las FALTAS, suprimiendo éstas últimas, de manera que la conducta que antes era considerada como una FALTA DE LESIONES, se convierte en un DELITO LEVE DE LESIONES,  pero en definitiva en DELITO.

Las consecuencias de la reforma son importantes, ya que no solamente la pena a imponer por esta conducta ha cambiado (SE ELEVA), sino que además, el delito leve por lesiones de menor gravedad, CONLLEVA ANTECEDENTES PENALESPinchando en este enlace podéis ver los requisitos para la cancelación de los antecedentes.

Regulación: El delito leve por lesiones de menor gravedad

Este delito se encuentra regulado en el artículo 147.2 del Código Penal. Conforme a dicho artículo:

El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión no incluida en el apartado anterior, será castigado con la PENA DE MULTADE UNO A TRES MESES.

Constituirá delito leve de lesiones, aquella conducta en la que por cualquier medio o procedimiento se produzca una lesión que menoscabe la integridad corporal o salud física o mental de la persona afectada, siempre que ésta requiera solamente de una sola asistencia facultativa, o de la simple vigilancia o seguimiento facultativo del curso de la lesión. 

Quedan por señalar dos cuestiones:

Primera, que las lesiones de menor gravedad sólo serán perseguidas mediante denuncia de la persona agraviada o de su representante legal.

Y en segundo lugar, que si la víctima de la lesión es o ha sido esposa, o mujer que esté o haya estado ligada al autor por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, o persona que tenga con el agresor parentesco (véase el art. 57.2 Código Penal), el Juez podrá condenar además al acusado entre otras a una medida de alejamiento y comunicación con la víctima por un plazo de HASTA SEIS MESES.

EJEMPLO DE PENA:

Si una persona ha sido condenada por el delito leve por lesiones de menor gravedad, a una PENA DE MULTA de 2 meses, a razón de 5 euros de cuota diaria, la multa a pagar por la persona condenada sería de 300 euros (60 días x 5 euros diarios = 180).

Por último, hay que reseñar el hecho de que las sentencias de condena por el delito leve por lesiones de menor gravedad, una vez que sea firme, se inscribirá en el Registro Central de Penados a efectos de “antecedentes penales”.

 

Sentencias condenatorias de delito leve de lesiones

–  Audiencia Provincial de Zaragoza (Sección 6ª), sentencia 12.06.2017:

«Tras proferir contra él insultos varios, decidió Valentín requerir la presencia policial y Ángela pretendió abandonar el autobús tras conocer dicho requerimiento y, como portaba un carrito, el conductor sujeto éste, aprovechando ella para morderle la mano y retorcerle el dedo meñique de esa misma mano, causándole lesiones de carácter leve que precisaron para su estabilización de tres días con impedimento para el desarrollo de sus actividades habituales.

DEBO CONDENAR Y CONDENO a Ángela como autora de un DELITO LEVE DE LESIONES del art. 147.2 del Código Penal a la pena de TREINTA DIAS de MULTA con cuota diaria de SEIS EUROS con aplicación del artículo 53 del mismo texto legal en caso de impago, y al pago de las costas procesales».

 

–  Audiencia Provincial de Madrid (Sección 4ª), sentencia 12.06.2017:

«Pero el recurso no puede prosperar, pues en el acto del juicio se practicó prueba de cargo suficiente para enervar el derecho a la presunción de inocencia del ahora recurrente, como lo fue la declaración del denunciante, que afirmó que aquel le dio un primer golpe en la cara y un segundo golpe en los testículos que le hizo caer al suelo, lo que es plenamente compatible con las lesiones que se reflejaron en el parte de lesiones que fue expedido al denunciante inmediatamente después de haberse producido los hechos, en el que consta que presentaba contusión en pómulo izquierdo y testículos y escoriación en codo izquierdo, siendo en cambio tales lesiones incompatibles con la versión de los hechos que el denunciado y su esposa ofrecieron en el acto del juicio, en la que afirman que no golpearon en ningún momento al denunciante, sin que resulte probable que una mera caída al suelo por parte de este último genere las lesiones en pómulo y testículos que le fueron apreciadas.»

 

Gracias a  Inmaculada Castillo y mundojuridico.info

 

Requisitos y la pena (Código Penal) si eres condenado por un delito leve por lesiones en juicio

Una de las últimas modificaciones del Código Penal 2015 entró en vigor con la Ley Orgánica 1/2015 del 30 de marzo. El cambio incorporado afectaba a aquellos delitos de carácter menor, antes denominados como falta de lesiones. Ahora, este tipo de acciones se regula bajo el nombre de delito leve por lesiones.

Si sufres una lesión a causa de una agresión, ya sea por una disputa o por un accidente, debes saber que, aunque los daños sean leves, la ley castiga este tipo de conductas como delito y por tanto, puedes y debes presentar una denuncia.

En este artículo, nuestros abogados penalistas te van a explicar qué es el delito leve por lesiones, qué requisitos tienen que darse y las penas que establece el Código Penal.

¿Qué encontrarás en este artículo? [ocultar]

  • 1 ¿En qué consiste el delito leve por lesiones y cuáles son los requisitos?
  • 2 ¿Cómo afectan los cambios en el Código Penal al delito leve de lesiones?
  • 3 ¿A qué penas te puedes enfrentar si eres condenado por un delito leve de lesiones?
  • 4  ¿Cómo afrontar el juicio por delito leve?
  • 5 ¿Cuándo prescribe un delito leve de lesiones?
  • 6 Nuestro consejo antes de ir a juicio por un delito leve de lesiones

¿En qué consiste el delito leve por lesiones y cuáles son los requisitos?

Una lesión supone, desde el punto de vista penal, cualquier daño que se genere sobre la integridad corporal o la salud física y/o mental de una persona. Esos daños, pueden variar desde los más graves a los más leves.

Para que un delito por lesiones sea considerado como leve, se tiene que dar una agresión que únicamente requiera una asistencia médica facultativa. Es decir, que no sea necesario un tratamiento o una intervención quirúrgica para tratar los daños.

Así, una lesión que solo necesita la prescripción de un medicamento, sería considerada como leve. Por el contrario, si se dan lesiones que precisan por ejemplo, de puntos de sutura, su gravedad sería mayor.

Por tanto, los requisitos para que se considere que existe delito leve por lesiones serán principalmente dos:

  • Que por un lado dichas lesiones únicamente requieran una primera asistencia médica, sin necesidad de tratamiento o intervención quirúrgica.
  • Obligatoriamente, el afectado tiene interponer una denuncia. Sin ella, no se considera que existe tal delito.

¿Cómo afectan los cambios en el Código Penal al delito leve de lesiones?

Como ya decíamos, la principal modificación del Código Penal que entró en vigor en julio de 2015, fue el tratamiento de este tipo de acciones. Lo que antes se consideraba como faltas, ahora pasa a ser delito leve de lesiones.

Estos cambios, hacen que, además de que sea concebido como delito, las penas se hayan elevado y ahora ser autor de este tipo de conductas se paga con antecedentes penales.

¿A qué penas te puedes enfrentar si eres condenado por un delito leve de lesiones?

Tal y como lo define el propio Código Penal en su Artículo 147.2, el causante de un delito leve por lesiones:

“Será castigado con la pena de multa de uno a tres meses.”

Estas penas pueden variar en función de cada caso. En aquellos en los que no se haya producido una lesión física, la pena será de entre uno y dos meses de multa. Y en los que sí exista una lesión física, las penas serán podrán llegar a los tres meses de multa.

En relación a la cuantía de la multa, se tendrá en cuenta la situación e ingresos económicos del autor de dicho delito.

En caso de no hacer efectivos los pagos, se impondrá un día de prisión por cada dos cuotas de multa impagadas.

Por otro lado, recordamos que este tipo de delito, aunque sea leve, conlleva antecedentes penales.

Recuerda que existe el principio de presunción de inocencia, y no podrás ser condenado sin prueba de cargo válida.

¿Cómo afrontar el juicio por delito leve?

Como te decíamos más arriba, para que se entienda que existe delito leve por lesiones, se tiene que presentar de forma obligatoria una denuncia por parte del afectado.

Una vez es presentada y admitida, se procede a llevar el caso a juicio. Antes, cuando este tipo de acciones se contemplaban como faltas, se citaba al afectado para que un médico forense examinara las lesiones. Por el contrario, ahora es necesario que el perjudicado presente una denuncia con las correspondientes pruebas de la atención médica recibida. Más tarde, en juicio, se citarán a ambas partes y el juez dictará sentencia.

El plazo fijado para presentar la denuncia es de un año desde que se producen las lesiones. Esta deberá ser interpuesta por el afectado o, en su defecto, su representante legal.

Ante este tipo de situaciones, a pesar de que hablamos de un delito menor, siempre será recomendable contar con el apoyo y asesoramiento de un abogado que guié cada uno de los pasos a seguir. 

¿Cuándo prescribe un delito leve de lesiones?

Con las novedades introducidas en el Código Penal, la prescripción de este delito también ha cambiado.

Antes, cuando se consideraban estas conductas como faltas, la prescripción era de 6 meses. Sin embargo, al ser entendido como delito, ha pasado a 1 año.

Nuestro consejo antes de ir a juicio por un delito leve de lesiones

Nos hemos encontrado casos en los que hemos tenido que recurrir sentencias ante la Audiencia Provincial en las que, pese a no ser obligatorio, has ido a juicio sin abogado. Entendemos no puedes dejar al devenir del juicio, ninguna parte del procedimiento, ya que en caso contrario, puede resultar complicado desvirtuar lo establecido en la resolución judicial.

Tienes derecho a la presunción de inocencia y a un procedimiento con garantías. No dejes pasar por alto este consejo, y acude a tu abogado de confianza. Si necesitas alguna aclaración sobre lo que hemos tratado, no dudes en contactarnos:

Gracia a Garón Abogados

 

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9 comentarios en «JUICIO POR DELITO LEVE DE LESIONES»

  1. Buenas tardes quería información.
    Ayer un individuo de 35 años iba con su hijastra de 13 los dos con un caso puesto y vieron a mi marido y a traición le dio un cabezazo lo tiro al suelo y le siguieron pegando . Tiene el ojo bien morado hinchado una brecha en la cabeza y la sexta costilla rota.
    Estuvo toda la noche de ayer en el hospital y está mañana al salir del hospital hemos ido a denunciar.
    Quería saber qué puede pasar con este individuo aunque en España las penas son muy blancas y solo le pondrán una multa.
    Nosé si le pertenecerá abogado en el juicio o si cojo uno los gastos si gana los paga la otra parte.
    Gracias

  2. He tenido un percance estaba en la terraza de mi casa y he visto como me estaban rompiendo el coche, he bajado y he podido agarrar al chico hasta que viniera la guardia civil, con tal mala suerte que yo al chico no lo conozco y resulta que es menor de edad, cual a sido mi sorpresa que el me ha denunciado por un delito leve de lesiones, nose que lesiones puede tener ya que yo solamente le agarre como pude con el brazo del cuello para que no se fuera, y me han dicho que menos mal que no le había hecho prácticamente nada porque si no me hubieran Detenido, no tengo antecedentes de antes ni nada, mi pregunta es ¿Que me puedes pasar? Por lo que me han dicho debe de tener algúna marca por el cuello..

  3. Rocio Cabaña Fernandez

    Un vecino mordió a mí hermano y le causó 25 puntos y 4 de secuelas aparte de más de 35 días curándose ,el vecino no trabaja ni nada obtendrá alguna indemnización

  4. Hola buenas,tengo un juicio por delito leve de «lesiones» a un hombre,el no tenía nada solo fueron dos tortazos en la cara,quería saber qué me puede pasar, gracias

  5. Hola quería hacer una siguiente consulta… Mi hijo de 36 años (con una discapacidad del 35% reconocida) que constantemente sufren bullying y burlas y algunos compañeros de trabajo, finalmente mi hijo se revelo y dio un cabezazo a otra persona por quién se sentía ridiculizado
    Esto ocurrió en el centro de trabajo
    El agredido presento denuncias pero sin lesiones ya que al día siguiente fue a trabajar sin ninguna marca.
    A que se enfrenta mi hijo?
    Teniendo en cuenta que ninguno de los testigos quiere saber nada de las partes.
    Muchas gracias de antemano

  6. Hola quería hacer una siguiente consulta… Mi hijo de 36 años (con una discapacidad intelectual del 35% reconocida) que constantemente sufre bullying y burlas de algunos compañeros de trabajo, finalmente mi hijo se revelo y dio un cabezazo a otra persona por quién se sentía ridiculizado
    Esto ocurrió en el centro de trabajo (dónde se baraja la posibilidad de una una sanción de empleo y sueldo)
    El agredido presento denuncia está guardia civil, pero sin lesiones ya que al día siguiente fue a trabajar sin ninguna marca.
    A que se enfrenta mi hijo?
    Teniendo en cuenta que ninguno de los testigos quiere saber nada de las partes.
    Muchas gracias de antemano

  7. Hola tengo un juicio el 9 de mayo por delito leve de lesiones.solo le di un empujón.es correcto que diga que tengo depresiom y ansiedad y el manipuló.no se que hacer.no tengo dinero para un abogado

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