La ITV en vehículos turismos es la siguiente:
Se debe pasar a los cuatro años desde la fecha de matriculación del coche.
A partir de entonces, el examen será cada 2 años hasta cumplir los 10 años,
Posteriormente, la revisión será anualmente.
En el Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos de ITV figura lo siguiente:
«b) Vehículos de la categoría M1 utilizados como ambulancias y taxis, y de transporte escolar y de menores. Antigüedad: Hasta cinco años: Anual. De más de cinco años: Semestral. «
Las VTC estarían englobadas en la categoría M1 para el Ministerio de Industria, aplicando:
- Hasta 5 años, anual
- De más de cinco años, semestral
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