HOMICIDIO IMPRUDENTE. COMISIÓN POR OMISIÓN.
Existen todos los elementos indispensables para concluir que la omisión del acusado, que estaba obligado a un comportamiento alternativo, impidió neutralizar un foco de riesgo preexistente que condujo, como era previsible, a la muerte de su hermana. También se ofrecen todos los datos fácticos para excluir cualquier duda acerca de su condición de garante. El carácter imprudente de esa omisión se deriva de la infracción de un deber legal de asistencia ante una situación terminal de cuya gravedad el acusado era plenamente consciente.