Actualmente los bancos están adoptando una postura poco negociadora por lo que en la mayoría de los casos estamos acudiendo a vía Judicial. En materia de claúsula suelo, más de 3 meses después de la aprobación por el Gobierno del Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo, los juzgados siguen colapsados y los bancos poro conciliadores.
Debemos referirnos también a los gastos de constitución de hipoteca, hemos conocido que en algunos casos los bancos están proponiendo la devolución de cantidades que sólo suponen una pequeña parte de las cantidades que tendrían derecho a recuperar los afectados, por lo que la solución en estos casos sigue siendo reclamar judicialmente con base en la sentencia del Tribunal Supremo de 23 de Diciembre de 2015, dicha sentencia señaló que estos gastos deberían haber sido soportados por las entidades en lugar de por los clientes, hablamos de la Factura de Notaría y de Registro de la Propiedad, los gastos de tasación y gestoría (si los hubo) y del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, estas cantidades son perfectamente reclamables y en muchos casos perfectamente recuperables por los afectados, por lo que nuestro consejo es que se pongan en contacto con nosotros y se informen de los trámites a realizar para recuperar su dinero.