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¿en un juicio verbal hasta cuando puedes aportar un informe pericial?

En un juicio verbal, la aportación de un informe pericial tiene plazos específicos establecidos por la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC). A continuación, te detallo cuándo y cómo puedes aportar un informe pericial en este tipo de procedimientos.

Aportación de Informe Pericial en Juicio Verbal

**1. Con la Demanda o Contestación a la Demanda

  • Según el artículo 265 de la LEC, los documentos y demás escritos o informes en que las partes funden su derecho, entre ellos los informes periciales, deben presentarse junto con la demanda o contestación a la demanda.
  • En particular, el artículo 265.1.4º establece que se deben acompañar «los informes periciales en los que las partes apoyen sus pretensiones».

**2. Informe Pericial Posterior

  • Si el informe pericial no ha podido aportarse junto con la demanda o la contestación por causas no imputables a la parte interesada, según el artículo 265.2, el informe pericial puede aportarse posteriormente, siempre que se haga al menos cinco días antes de la vista.
  • En este caso, es fundamental justificar la razón por la que no se pudo presentar anteriormente.

Procedimiento

  1. Con la Demanda o Contestación a la Demanda:
    • Presentar el informe pericial junto con la demanda inicial o la contestación a la demanda. Esto se hace para que la otra parte tenga conocimiento del mismo desde el principio del procedimiento.
  2. Posteriormente, pero antes de la Vista:
    • Si el informe no se pudo presentar con la demanda o contestación, se debe presentar al menos cinco días antes de la fecha fijada para la vista del juicio verbal.
    • Es necesario justificar adecuadamente por qué no se pudo presentar antes.

Plazo Resumido

  • Preferentemente: Con la demanda o contestación.
  • Excepcionalmente: Al menos cinco días antes de la vista, justificando la imposibilidad de presentarlo anteriormente.

Fundamento Legal

  • Artículo 265 LEC: Regula la aportación de documentos y otros escritos en el procedimiento civil.
  • Artículo 336 LEC: Específicamente, este artículo regula la presentación de informes periciales y establece que en los juicios verbales, si no se acompaña el informe pericial con la demanda o contestación, debe hacerse al menos cinco días antes de la vista.

Consejos Prácticos

  1. Planificación: Asegúrate de planificar la obtención del informe pericial con antelación para poder presentarlo junto con la demanda o contestación.
  2. Justificación: Si te ves obligado a presentarlo posteriormente, prepara una justificación sólida para explicar la demora.
  3. Comunicación: Informa a tu perito de los plazos procesales para garantizar que el informe se entrega a tiempo.

Conclusión

En resumen, en un juicio verbal, es crucial presentar el informe pericial junto con la demanda o contestación para evitar problemas. Si no es posible, debe presentarse al menos cinco días antes de la vista, con una justificación adecuada de por qué no se pudo presentar antes. Cumplir con estos plazos es esencial para que el informe pericial sea admitido y considerado por el juez en el juicio.

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