Nuevo revés para la banca: el Tribunal Supremo declara la nulidad de las cláusulas suelo insertas en dos contratos de préstamo hipotecario y condena al banco a la restitución de todas las cantidades cobradas de más en aplicación de las mismas, más el interés legal desde la fecha de cada cobro hasta su completa satisfacción.
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Otra noticia interesante al respecto:
La Sala Primera del Tribunal Supremo entiende que su jurisprudencia en cuanto parte de la base de que «la falta de transparencia no supone necesariamente que sean
desequilibradas y que el desequilibrio sea importante en perjuicio del consumidor» (sentencia 241/2013, de 9 de mayo), se acomoda a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia contenida en la reciente STJUE de 26 de enero de 2017 (Banco Primus)
desequilibradas y que el desequilibrio sea importante en perjuicio del consumidor» (sentencia 241/2013, de 9 de mayo), se acomoda a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia contenida en la reciente STJUE de 26 de enero de 2017 (Banco Primus)
http://informativojuridico.com/banco-debera-devolver-integras-intereses-dos-clausulas-suelo-anuladas-falta-transparencia/