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el tribunal supremo limita la indemnización de despido a la legal

El Supremo ratifica la indemnización tasada por despido improcedente según el Estatuto de los Trabajadores

La reciente sentencia 1350/2024, dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo el 19 de diciembre, establece un criterio fundamental en materia de despido improcedente. El alto tribunal ha dejado claro que los órganos judiciales no pueden fijar una indemnización por despido improcedente distinta a la que establece el artículo 56.1 del Estatuto de los Trabajadores (ET). Este fallo reafirma el carácter tasado de esta indemnización y rechaza cualquier intento de adaptarla a las circunstancias específicas del trabajador despedido.

Claves de la sentencia

1. Indemnización tasada e inmodificable

El Tribunal Supremo sostiene que la normativa vigente no permite a los jueces alterar el importe de la indemnización establecida en el ET. Según el artículo 56.1 del ET, esta compensación se calcula en base a factores objetivos como la antigüedad del trabajador y su salario. Por tanto, cualquier variación supondría una extralimitación de las competencias judiciales.

2. Respeto a la normativa internacional

El fallo menciona que el Convenio de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) exige que las indemnizaciones sean “adecuadas”. Sin embargo, el Supremo subraya que la normativa española cumple este criterio a través de un sistema objetivo y uniforme, lo que garantiza seguridad jurídica y evita desigualdades entre los trabajadores afectados.

3. Rechazo a criterios subjetivos

El tribunal descarta la posibilidad de considerar las circunstancias personales del trabajador (como su situación económica o familiar) al fijar la indemnización. Según el Supremo, esta postura no es trasladable al ámbito laboral, donde rige un sistema tasado que ya protege los derechos de los empleados de manera uniforme.

4. Relación con la reforma laboral de 2012

El fallo se apoya en precedentes como el ATC 43/2014, que confirmó la constitucionalidad de la reforma laboral de 2012, la cual redujo el importe de las indemnizaciones. En aquel momento, el Tribunal Constitucional ya rechazó que las indemnizaciones por despido improcedente tuvieran que cubrir todos los daños y perjuicios sufridos, destacando la potestad del legislador para fijar estos parámetros.

Implicaciones prácticas para empresas y trabajadores

  • Para las empresas: Este fallo refuerza la seguridad jurídica en la gestión de despidos, eliminando el riesgo de que los tribunales impongan indemnizaciones superiores a las previstas por la ley. Esto facilita la planificación y control de los costes laborales.
  • Para los trabajadores: Aunque limita las expectativas de recibir compensaciones mayores, garantiza que todos los empleados despedidos bajo circunstancias similares sean tratados de manera equitativa.

Por qué contar con asesoría especializada

La normativa laboral y sus interpretaciones judiciales son complejas y están en constante evolución. En Servilegal Abogados, somos expertos en derecho laboral y ofrecemos asesoramiento integral tanto a empresas como a trabajadores. Si estás enfrentando un caso de despido, te ayudamos a garantizar que tus derechos sean respetados y a maximizar las opciones disponibles dentro del marco legal.

¿Qué hacer ante un despido?

  • Solicitar asesoramiento inmediato para revisar las condiciones del despido.
  • Evaluar si el cálculo de la indemnización es correcto según el artículo 56.1 del ET.
  • Determinar si existe alguna vulneración de derechos que pueda ser impugnada.

Conclusión

La sentencia del Tribunal Supremo consolida un marco normativo claro para las indemnizaciones por despido improcedente, dejando fuera cualquier interpretación subjetiva o discrecional. Este fallo pone de manifiesto la importancia de contar con abogados expertos que puedan orientar tanto a empresas como a trabajadores en la correcta aplicación de la legislación laboral.

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fuente Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sentencia 1350/2024, 19 Dic. Rec. 2961/2023

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