¿cuánto se cobra de baja?
baja por enfermedad común no se cobra los 3 primeros días, luego se cobra el 60% de la base reguladora desde el cuarto día de la baja hasta el vigésimo día (inclusive) y el 75% desde el día 21 en adelante.
Si la baja laboral está motivada por una enfermedad profesional o accidente laboral:
- Se ingresa el 75 % de la base reguladora desde el primer día
- A partir del segundo día, se ingresa ese mismo porcentaje, pero corre a cargo de la mutua
La baja laboral se produce cuando un empleado no puede seguir desarrollando su actividad en la empresa por motivos de salud físicos o mentales. Técnicamente esta se conoce como Incapacidad Temporal (IT), de modo que es muy lógico que encuentres esta denominación en la documentación correspondiente a la baja.
Hay dos motivos por los que puede producirse una baja: por accidente (fuera o dentro del lugar de trabajo) o por enfermedad (común o profesional). Mientras dura esta baja laboral (el tiempo durante el que no puede realizar su actividad normalmente), el trabajador recibe un subsidio. Es una cantidad que obtiene en lugar de su salario habitual. A cambio no tiene que desempeñar ningún tipo de labor en su organización y sigue cotizando en la Seguridad Social.
¿Qué es estar de baja laboral?
Estar de baja laboral significa que como profesionales nos encontramos impedidos para trabajar debido a una enfermedad común o profesional o un accidente, sea o no de trabajo, y estamos recibiendo asistencia sanitaria de la Seguridad Social.
Las razones por las que un empleado puede pedir la baja laboral son variados. Están las enfermedades musculoesqueléticas (lumbalgias, ciáticas, tendinitis…), gripe o COVID-19 (aunque en las condiciones actuales de esta última ya no exige confinamiento estricto), trastornos mentales (estrés, ansiedad…) o familiares (embarazo). Esta baja laboral puede extenderse, como máximo, hasta 365 días, prorrogables a 180 días más.
Lógicamente, el trabajador tendrá que estar dado de alta o afiliado en la Seguridad Social. Además, tendrá que haber cotizado un mínimo de 180 días en los últimos cinco años (por enfermedad común). Si el motivo de la baja es un accidente o enfermedad profesional no será necesario tener un período mínimo de cotización.
Una vez expedido, el empleado tendrá tres días para entregar el parte de baja laboral e ir presentando los partes de confirmación de acuerdo con la periodicidad que corresponda. Si no es posible que lo haga él mismo, podrá delegar a otra persona para que lo haga en su nombre. Una vez dada el alta, el empleado tendrá que reincorporarse a su puesto de trabajo en 24 horas.
¿Cuánto te pagan por la baja laboral?
Los trabajadores que están de baja tienen derecho a percibir una compensación económica. Pero, ¿cuánto reciben? La baja laboral se puede calcular fácilmente de forma manual. Solo tienes que rescatar la nómina del mes anterior en la que verás la base de cotización de contingencias comunes (enfermedad común) o contingencias profesionales (enfermedad profesional o accidente laboral), según sea el motivo de la baja. Esa cifra tendrá que dividirse entre 30 días y obtendremos el salario por jornada. A partir de aquí, debes saber que en caso de enfermedad común:
- No se ingresa nada por los tres primeros días de baja
- De los días 4 a 20, recibirás el 60 % de tu salario
- A partir del día 21, tendrán que pagarte el 75 % de la base reguladora
No obstante, hay que tener en cuenta que estas son las cantidades mínimas. Para calcular la baja laboral correctamente hay que consultar el convenio, porque algunos recogen la obligación de pagar el 100 % de la base.
Si la baja laboral está motivada por una enfermedad profesional o accidente laboral:
- Se ingresa el 75 % de la base reguladora desde el primer día
- A partir del segundo día, se ingresa ese mismo porcentaje, pero corre a cargo de la mutua
En este caso también es conveniente consultar el convenio, porque algunos obligan a la empresa a compensar esa cantidad con una ayuda económica.
Se cobra el 100% estando de baja por accidente laboral
No es lo común. De hecho, el 100 % se cobra únicamente en casos muy concretos, que deben estar reconocidos en el convenio colectivo, en el seguro de la baja laboral o la reclamación de indemnizaciones o en recargos sobre las prestaciones. Para la mayor parte de casos, el trabajador solo conseguirá cobrar, como máximo, el 75 % de la base reguladora.
¿Cuánto te quitan los 3 primeros días de baja?
Te lo hemos indicado más arriba, pero esta es una cuestión por la que muchas personas pueden llevarse alguna sorpresa. No es que te quiten un porcentaje determinado, es que durante los tres primeros días de baja, como trabajador no ingresas nada. Será a partir del cuarto día de baja cuando comiences a percibir la prestación económica y en ningún caso será del 100 %. A partir del día 4 percibirás el 60 % de tu salario y no será hasta el día 21 que empieces a recibir el 75 % de la base reguladora.
¿Quién paga el salario de un trabajador de baja?
Si se trata de una enfermedad común o accidente no laboral, el subsidio que corresponde entre los días 4 y 15 de la baja lo abonará el empresario. Por tanto, es muy posible que lo veas ingresado en tu cuenta el mismo día en que sueles percibir la nómina. A partir del día 16 de la baja, la responsable de abonar el importe es la Seguridad Social o la Mutua, aunque el pago sigue siendo responsabilidad del empresario. Del importe que se percibe también sigue descontándose la retención del IRPF y las cuotas de la Seguridad Social.
¿Cuándo paga el INSS la incapacidad temporal?
Una baja laboral no se cobra todos los días. Por tanto, es normal que te preguntes cuándo vas a recibir el primer abono. Bien, debes saber que la Seguridad Social paga la incapacidad temporal el último día hábil del mes. Si este cayera en festivo, se haría el día anterior. No obstante, ten en cuenta que puedes recibir el ingreso más o menos tarde. Esto dependerá de tu entidad bancaria. Sea como sea, no deberías tardar más de dos días en tener tu baja laboral ingresada en el banco.
Usa esta calculadora de baja laboral
Ya has visto que puedes hacer tú mismo/a el cálculo, pero también puedes probar una calculadora de baja laboral de las muchas que hay en internet. Esta nos ha parecido muy útil y fácil de usar, tanto para empleados como para empresas. Es una buena manera de saber cuáles son los costes, también para la empresa, que en el caso de la baja por contingencias comunes será la que se haga cargo del coste de la baja laboral durante los primeros 20 días.
Ejemplo nómina de baja enfermedad común
Veamos el ejemplo de una primera nómina de baja por enfermedad común con un salario base de 2.000 euros. Se produce una baja por lo que se denomina contingencia común de 20 días.
- Base reguladora: 2.000 euros
- Salario diario (mes de junio): 2.000 euros / 30 días = 66,66 €/día
- Días trabajados: del 1 al 10 de junio = 10 días trabajados
- Días de baja: del 11 al 30 de junio = 20 días de baja
- De los días trabajados (1 a 10 de junio) se percibirán 666,66 euros (2.000/30 x 10)
- Del 11 al 13 de junio no cobrará nada (son los tres primeros días de baja)
- Del 14 al 30 de junio cobrará el 60 % de la base reguladora (dieciséis días), esto es, 639,93 euros (66,66 x 0,60 x 16)
Por tanto, el total de la nómina de ese mes por contingencia común será la suma entre los 666,66 euros de los días trabajados + los 639,93 euros correspondientes a los 20 días de baja. Esto es, 1.306,59 euros.
Ejemplo nómina de baja por contingencias profesionales
Este es un caso distinto. Imaginemos que la nómina alcanza igualmente los 2.000, pero el motivo de la baja es un accidente o enfermedad laboral. Hay que tener en cuenta que la baja se comenzará a cobrar desde el mismo día 1 y que se obtendrá el 75 % de la base reguladora.
- Base reguladora: 2.000 euros
- Salario diario (mes de junio): 2.000 euros / 30 días = 66,66 €/día
- Días trabajados: del 1 al 10 de junio = 10 días trabajados
- Días de baja: del 11 al 30 de junio = 20 días de baja
- De los días trabajados (1 a 10 de junio) se percibirán 666,66 euros (2.000/30*10)
- Del 11 al 30 de junio cobrará el 75 % de la base reguladora (20 días), esto es, 999,90 euros (66,66*0,75*20)
Así, el total de la nómina ascenderá a 1.666,56 euros, resultado de sumar los días trabajados y los días de baja.
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