Dada la amplía controversia sobre las competencias de las vtc y de qué forma se podrían transferir a las Comunidades Autónomas, hemos decidido expedir un documento aclarativo sobre la materia.
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LA COMPETENCIA PREVISTA PARA LAS CCAA SEGÚN ART. 148 CONSTITUCION ES LA SIGUIENTE
- 5.ª Los ferrocarriles y carreteras cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en el territorio de la Comunidad Autónoma y, en los mismos términos, el transporte desarrollado por estos medios o por cable.
POR TANTO ES EL ESTADO EL QUE TIENE COMPETENCIA EXCLUSIVA PARA LA ORDENACIÓN DE TRANSPORTES TERRESTRES EN TODO LO DEMÁS QUE NO ESTÉ PREVISTO PARA LA CCAA (ART. 149.1.21ª DE LA CONSTITUCIÓN)
- 21.ª Ferrocarriles y transportes terrestres que transcurran por el territorio de más de una Comunidad Autónoma; régimen general de comunicaciones; tráfico y circulación de vehículos a motor; correos y telecomunicaciones; cables aéreos, submarinos y radiocomunicación.
SIGUE EL ART. 149.3 CE
Las materias no atribuidas expresamente al Estado por esta Constitución podrán corresponder a las Comunidades Autónomas, en virtud de sus respectivos Estatutos. La competencia sobre las materias que no se hayan asumido por los Estatutos de Autonomía corresponderá al Estado, cuyas normas prevalecerán, en caso de conflicto, sobre las de las Comunidades Autónomas en todo lo que no esté atribuido a la exclusiva competencia de éstas
SI LA CCAA EN SU ESTATUTO DE AUTONOMÍA NO TIENE REGULADA UNA COMPETENCIA,
ÉSTA ES DEL ESTADO.
Y SI EL ESTADO QUIERE DELEGAR O TRANSFERIR ALGUNA DE SUS COMPETENCIAS,
REQUIERE DE LEY ORGÁNICA.
ART. 150. 2 CONSTITUCIÓN
- El Estado podrá transferir o delegar en las Comunidades Autónomas, mediante ley orgánica, facultades correspondientes a materia de titularidad estatal que por su propia naturaleza sean susceptibles de transferencia o delegación.
POR TANTO, NO ES CORRECTA LA UTILIZACIÓN DEL DECRETO LEY, POR IMPERATIVO DEL ARTÍCULO 86 DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA, AL ESTABLECER EXPRESAMENTE QUE NO PODRÁ AFECTAR AL RÉGIMEN DE LAS CCAA:
En caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionales que tomarán la forma de Decretos-leyes y que no podrán afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título I, al régimen de las Comunidades Autónomas ni al Derecho electoral general.
Huelga del taxi por la regulación de las VTC. Antena 3 Noticias ha acudido a Servilegal Abogados, como expertos jurídicos del sector del Taxi y Vtc, para aclarar las posibles salidas jurídicas y analizar la viabilidad de delegar nuevas competencias en las Comunidades Autónomas.
Resumen del programa la guerra del taxi y las vtcs de Telemadrid.
En Boca De Todos | 21.02.2018
Hoy la guerra entre los taxistas, Uber y Cabify ha estado En Boca de Todos. Hemos contado con testimonios de todo tipo, taxistas y usuarios que nos han contado su postura acerca de esta tan sonada “guerra”, así como de un abogado experto en la materia.
Teresa Bueyes, Juan Carlos El Pera, Ignacio Palomar Ruiz, Camen Ro, José Miguel Fúnez, e Isabel Rábago forman parte del elenco de colaboradores invitados que han estado junto a Alicia Senovilla hablando de los temas que más preocupan a los madrileños.