En el ámbito civil están reguladas en el artículo 721 y siguientes de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. En ese precepto se establece la necesidad de iniciar el procedimiento a instancia de parte.
Art. 721 LEC:
“1.- Bajo su responsabilidad, todo actor, principal o reconvencional, podrá solicitar del tribunal, conforme a lo dispuesto en este Título, la adopción de las medidas cautelares que considere necesarias para asegurar la efectividad de la tutela judicial que pudiera otorgarse en la sentencia estimatoria que se dictare.
2.- Las medidas cautelares previstas en este Título no podrán en ningún caso ser acordadas de oficio por el tribunal, sin perjuicio de lo que se disponga para los procesos especiales. Tampoco podrá acordar éste medidas más gravosas que las solicitadas.”
Las medidas cautelares son actuaciones procesales que los jueces ordenan para asegurar la efectividad de la resolución estimada en un proceso judicial. Estas medidas se implementan para evitar insolvencias, deterioros, pérdida de bienes o cualquier otro hecho que pueda ocurrir antes de que se dicte la sentencia. A continuación, te explico cómo se solicitan y los requisitos que deben cumplirse1.
- ¿Qué son las medidas cautelares y dónde se regulan?
- Las medidas cautelares se encuentran recogidas en la Ley de Enjuiciamiento Civil y en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
- También existen leyes que regulan procesos especiales, como los matrimoniales, de maternidad y paternidad, y el embargo preventivo.
- ¿Cuándo se pueden solicitar medidas cautelares y qué requisitos deben cumplirse?
- Las medidas cautelares se deben solicitar junto con la demanda principal para evitar daños a los intereses con el paso del tiempo.
- El juez otorgará la medida si se cumplen los siguientes requisitos:
- Apariencia de buen derecho: La medida cautelar se adoptará a favor de la parte que tiene posibilidad de ganar el juicio. El juez examina las alegaciones y pruebas presentadas.
- Peligro de la mora procesal: Debes justificar situaciones en las que el demandado debe dinero no solo a ti, sino a muchas otras personas. Por ejemplo, en un embargo, no basta con decir que te deben dinero; debes demostrar que existe riesgo de que el demandado se quede sin fondos durante el proceso judicial.
- Proporcionalidad: La medida cautelar solicitada no debe ser susceptible de ser sustituida por otra menos grave pero igual de eficaz. Por ejemplo, no se acordará el embargo de una vivienda si el garaje es suficiente para reclamar la deuda.
- Caución: La parte que solicita la medida cautelar debe ofrecer una caución aseguradora para cubrir los posibles daños que la adopción de las medidas pueda causar en el patrimonio del demandado.
- En resumen, las medidas cautelares son una herramienta importante para garantizar la efectividad de los procesos judiciales y proteger los intereses de las partes involucradas.
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