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COMO CONSEGUIR PERMISO RESIDENCIA Y TRABAJO ESPAÑA

El arraigo puede configurarse como la existencia de vínculos que unen al extranjero con nuestro país, ya sea a través de vínculos sociales, familiares, laborales, académicos, económicos o de otro tipo, siendo de tal entidad  que sean relevantes para la concesión de un permiso de residencia.

Según el tipo de vínculo, podemos decir que hay tres tipos de arraigo, familiar, laboral y social.

Ello se regula en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social y en el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

¿Qué significa el arraigo?

Ni la Ley ni el Reglamento nos dan una definición de arraigo. En cambio la jurisprudencia sí que ha dado alguna noción sobre el arraigo.

Podríamos decir que el arraigo es la existencia de vínculos que unen al extranjero con el lugar donde reside, ya sea a través de vínculos sociales, familiares, laborales, académicos, económicos o de otro tipo, siendo de tal entidad  que sean relevantes para la concesión de un permiso de residencia por  arraigo, familiar, laboral o social.

Tipos de arraigo

Tres son los tipos de arraigo por los  que se puede conceder una autorización de residencia por razones de arraigo, siendo estos laboral, social y familiar.

Dependiendo del tipo de arraigo, necesitarás cumplir determinados requisitos.

Una vez que hayas recopilado la documentación necesaria, según el tipo de arraigo, has de acudir a la Oficina de extranjería de la provincia donde residas, bien personalmente o a través de tu representante legal en caso de ser menor o incapaz.

Asimismo en el momento de admisión a trámite de la solicitud tendrás que abonar una tasa (Modelo 790 código 052, epígrafe 2.5 “autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales”) pudiendo realizar el abono en el plazo de 10 días hábiles.

Se establece un plazo de 3 meses para resolver tu  solicitud desde el día siguiente  a la presentación de la misma.

Si transcurrido dicho plazo, la Administración no te ha notificado nada, se entiende que la solicitud se ha desestimado por silencio administrativo.

Por el contrario, si te lo han concedido, se deberá en el plazo de un mes desde la notificación, solicitar la Tarjeta de identidad de extranjero en la Oficina de extranjería  donde se haya tramitado el procedimiento.

En el momento de esta solicitud se deberá aportar:

  • El pasaporte
  • Solicitud de tarjeta de identidad de extranjero debidamente cumplimentado.
  • Justificante de abono de la tasa correspondiente.
  • Tres fotografías tamaño carnet en color.
  • Si has realizado la solicitud por arraigo social, debes aportar justificante de alta en la Seguridad Social.

Arraigo social

A través del arraigo social  puedes solicitar una autorización de residencia siempre y cuando puedas acreditar que cuentas con vínculos familiares, cónyuges o parejas de hecho registradas, ascendientes y descendientes en primer grado y línea directa, o bien puedas presentar un informe emitido por la Comunidad Autónoma donde residas que acredite que estas integrado socialmente en nuestro país.

Asimismo has de presentar un contrato de trabajo firmado tanto por el trabajador como por el empresario de duración no inferior a un año en el momento de la solicitud.

Ello tiene algunas excepciones, bien  cuando se trata de actividades del sector agrario o bien cuando se realizan diferentes actividades parcialmente  (de una misma ocupación) pero para varios empleadores (duración mínima de un año y cuya suma ascienda a una jornada semanal no inferior a treinta horas en cómputo global).

En todo caso, has de acreditar haber residido en España durante un periodo mínimo de tres años de manera continuada.

Arraigo familiar

Para solicitar una autorización de residencia por arraigo familiar es necesario que el solicitante además de encontrarse en España sea padre o madre de un menor de nacionalidad española, siempre y cuando el progenitor solicitante tenga a cargo al menor y conviva con éste o en caso de no ser así, que acredite que está al corriente de las obligaciones paternofiliales.

También para el caso de que  se trate de hijos de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.

Arraigo laboral

Si has residido en España un periodo mínimo de dos años de manera continuada y has trabajado durante un periodo inferior  a 6 meses para uno o más empleadores puedes solicitar un permiso de residencia por arraigo laboral.

Deberás acreditar la existencia de relaciones laborales de duración no inferior a 6 meses. Puedes acreditarlo presentando una resolución judicial que reconozca este extremo o mediante una resolución administrativa confirmatoria del acta de infracción de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social acreditándolo.

Cristina Cuadrado

 

 

Hacerse Pareja de Hecho en España para Conseguir los Papeles

Requisitos, proceso legal y todo lo que tienes que saber para conseguir la residencia en España gracias a haber constituido pareja de hecho.

Este es sin duda uno de los caminos más recomendaos y usados por extranjeros de todo el mundo para conseguir sus papeles en España, y que este artículo resuelve todas tus dudas al respecto.

En la gran mayoría de las ocasiones, dos personas que mantienen una relación afectiva deciden formalizarla a nivel legal como muestra de todo ese afecto, y con el objetivo de afianzar de manera más profunda el vínculo.

No obstante, fuera de lo puramente simbólico o amoroso, existen otras ventajas asociadas con este registro legal.

Ya vimos en nuestro post sobre las diferencias entre matrimonio y pareja de hecho como esta última opción era mucho más ágil, rápida, requería menos requisitos para su compleción; además de ser menos vinculante en ciertos aspectos a largo plazo.

No obstante, además de estas ventajas, existe otra que hace que muchos extranjeros que no tenían previsto darle validez legal a la relación con su pareja se lo replanteen por completo.

Pues bien, un ciudadano extracomunitario que sea pareja de hecho con un ciudadano español o de un estado miembro de la Unión Europea puede conseguir los papeles de manera fácil.

De manera más concreta, esa pareja de hecho es el requisito principal para conseguir la llamada tarjeta comunitaria, un permiso de residencia válido por 5 años que permite residir y trabajar en el país de manera legal.

A continuación en este artículo analizamos cómo funciona el proceso legal paso a paso desde el registro de la pareja hasta la final consecución de la residencia o papeles en el territorio español.

Proceso paso a paso para conseguir los papeles por pareja de hecho

Podemos dividir el proceso de conseguir los papeles tras haber registrado pareja de hecho con un ciudadano español o europeo en tres fases diferenciadas.

Primero deberás entrar a España (con o sin visado), formalizar la unión civil o pareja de hecho, y finalmente solicitar la tarjeta comunitaria.

Se trata de un proceso que puedes realizar al completo desde España, entrando como turista, y sin necesidad de volver a tu país de origen en ningún momento.

Veamos como funciona exactamente.

Entrada a España

El primer paso en este proceso consiste en que el ciudadano extracomunitario (el que quiere conseguir los papeles), efectúe la entrada a España como turista.

Para ello, y tal y como vimos en nuestro post sobre cómo traer a tu pareja a España, debemos diferenciar entre los caos en los que este ciudadano extranjero sea original de un país que requiere visado para entrar a España vs si es de uno que no.

Puedes acceder aquí al listado completo de países que no requieren visado.

Entrada si la pareja procede de un país que no requiere visado

Si el ciudadano extracomunitario es de un país que tiene convenio con España y no debe solicitar visado de turista para cruzar la frontera española, el proceso es un poco más fácil.

Simplemente deberá viajar al territorio español y reunirse con el ciudadano español/europeo, sin ningún trámite previo.

Entrada si la pareja es original de u país de requiere visado para entrar a España

No obstante, si el solicitante de los papeles es de un país que sí requiere visado, entonces el procedimiento se iniciará en el consulado español ubicado en el país de origen.

Pues para poder entrar a España deberá primero solicitar un visado como familiar de comunitario (para luego, una vez entre al territorio español, pueda conseguir la tarjeta comunitaria).

Para ello deberá demostrar, ya en el consulado, los siguientes 3 requisitos:

  • Que efectivamente existe una relación afectiva con su pareja, que se encuentra en España
  • Que la pareja es ciudadano de la UE
  • Y que dispone de voluntad, manifiesta, de reagruparle

Registro de la pareja de hecho ante notario

Una vez el ciudadano de fuera de la Unión Europea entra en España, éste tiene un plazo de tres meses (lo que dura su visado de turista) para poder formalizar el proceso (aunque, como ahora veremos, una vez solicitada la tarjeta comunitaria no habría inconveniente si se queda en situación irregular).

Así, el siguiente paso será registrar la pareja de hecho ante notario.

Y, en ese sentido, tendrías dos opciones:

  • Registrar la pareja de hecho en España directamente (o en cualquier otro país de la Unión Europea), algo que te recomendamos por facilidad en el trámite
  • O hacerlo fuera de la UE, pero en este caso el certificado de pareja de hecho no sería válido en España y deberías realizar una convalidación para registrarla finalmente en España

Requisitos para el registro de la pareja de hecho

Algo fundamental y que debemos tener en cuenta es que los requisitos para registrar la pareja de hecho cambian según la Comunidad Autónoma en la que te encuentres.

En algunas CCAA se pide un periodo de convivencia mínimo que puede variar entre 1 o 2 años; mientras que en otras únicamente se pide un certificado de empadronamiento conjunto.

No obstante, los siguientes son los requisitos que deberás cumplir en cualquier caso:

  • Ninguno de los dos miembros de la relación pueden haber contraído matrimonio
  • Los dos miembros de la pareja deben ser mayores de edad
  • Deben estar empadronados conjuntamente en el mismo domicilio y municipio
  • Se deberá aportar documento de identificación de ambos miembros (DNI/pasaporte)
  • Si hay periodo mínimo de convivencia, se deberán aportar pruebas que lo demuestren

Puedes encontrar aquí todos los detalles (extendidos) para registrar tu pareja den este post.

Solicitud de la tarjeta como familiar de comunitario

Una vez se haya inscrito la pareja de hecho ante notario, el ciudadano extracomunitario tendrá ahora una relación reconocida a nivel legal con un ciudadano español o de la UE, algo que le genera el derecho a conseguir la residencia en España.

Así, el siguiente paso será solicitar la tarjeta de residencia como familiar de comunitario ante la oficina de extranjería.

Este proceso puede realizarse de manera totalmente online.

En esta solicitud, se deberá aportar:

Finalmente, y si bien no es necesario demostrar que exista dependencia económica, el ciudadano europeo deberá demostrar solvencia económica suficiente. Para ello, existen dos opciones diferentes:

  • Si trabaja y está dado/a de alta en la Seguridad Social,  aportar el contrato de trabajo será suficiente
  • Si no trabaja, deberá aportar un certificado bancario demostrando la posesión de fondos suficientes (hablamos de unos 9000€ anuales)

Tiempo de resolución y siguientes pasos

Tras presentar la solicitud, y en un plazo de 3 meses (aunque con la demora actual este plazo podría alargarse hasta los 5-6), el extracomunitario podrá ya acudir a la oficina de extranjería para registrar sus huellas, y volver un mes musa tarde para conseguir esta tarjeta de residencia por 5 años.

¿Y qué sucede si me quedo en situación irregular?

Tal y como hemos comentado, en principio tienes 3 meses en total para realizar este trámite, pues tras pasar 90 días la vigencia de tu visado de turista se terminaría, y por ende pasarías a estar en situación irregular.

No obstante, una vez presentes la solicitud de tu tarjeta comunitaria, lo más habitual es que no recibas una respuesta rápida, sino que tu resuelto favorable venga a los 3, 4 o incluso 5 meses.

Esto, obviamente, implicaría que entrarías en situación irregular.

Pero al haber presentado ya tu solicitud, no habría ningún problema: el trámite sigue siendo igualmente posible y no afectaría a su resultado.

Así, te recomendamos que consideres estos 90 días como indicativo de que deberías realizar cada paso lo más rápido posible, y conocer los requisitos de antemano de manera clara para evitar demoras innecesarias.

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RESIDENCIA ESPAÑOLA POR PAREJA DE HECHO

La residencia es ese permiso temporal que permite a la persona extranjera permanecer legalmente en el territorio español. En este caso, hablaremos de la forma en que se puede solicitar esta residencia

Al respecto, debemos dejar sentado que solicitar la residencia por tener una pareja de hecho española es completamente legal y posible. Sin embargo, es necesario cumplir una serie de requisitos que veremos con detalle.

¿Cómo obtener la residencia española por pareja de hecho?

Si un ciudadano extranjero mantiene una relación de hecho, válidamente registrada, con una persona española o de otra nacionalidad, pero perteneciente a un país de la Unión Europea, puede solicitar el permiso de residencia. Este permiso, en la mayoría de los casos, le dará a la pareja extranjera el permiso de trabajar y contar con los correspondientes beneficios por seguridad social y asistencia sanitaria. Permiso este que quedará establecido en un documento denominado tarjeta comunitaria.

Ahora bien, entendido lo anterior, se debe dejar claro que el primer paso para obtener la residencia española por pareja de hecho es tener una relación válidamente constituida. Una vez que se cuenta con esta relación, se podrá solicitar la tarjeta comunitaria por pareja de hecho, contentiva de la residencia propiamente dicha.

¿Cómo hacerse pareja de hecho con un extranjero?

Al respecto de la constitución de las parejas de hecho, esto variará dependiendo de cada Comunidad Autónoma, pero para el caso de Cataluña, se puede constituir por:

– Libre manifestación de la voluntad, expresada ante el notario del domicilio del lugar en que vivan los solicitantes.

– Demostrar convivencia continua por más de dos años.

– Tener hijos en común.

De igual manera, existen una serie de requisitos adicionales, como que ninguna de las partes estuviera casada o estuviese en una relación de hecho previa. A su vez, se deben presentar otros documentos como el pasaporte o NIE (para el extranjero) y el DNI, por parte del ciudadano. Asimismo, hay que agregar que este reconocimiento de pareja de hecho no está condicionado por el sexo de los solicitantes.

Para mayor profundidad del análisis de su situación y cual sería la vía más recomendable para su caso, no dude en contactarnos.

Requisitos para solicitar la residencia por pareja de hecho

Estos requisitos son relativamente sencillos de cumplir y deben presentarse ante la oficina de extranjería más cercana al domicilio de los solicitantes. Los mismos pueden resumirse de la siguiente manera:

Contar con los medios económicos

Estos medios económicos varían, dependiendo de si una de las partes es trabajador por dependencia o autónomo, incluso si no realiza actividad alguna. En todo caso, se debe demostrar contar con al menos unos ingresos de 627,13 euros mensuales o 8779,82 euros anuales. Tales ingresos pueden ser demostrados con el alta de la seguridad social (para el caso de trabajadores bajo dependencia) o con recibos bancarios para el resto de los supuestos.

Presentar documentos acreditativos y de identidad

Además de los medios económicos, se deben aportar los siguientes documentos:

– Modelo EX-19, debidamente cumplimentado en letra legible.

– Certificado de la constitución de la relación de hecho.

– El solicitante debe presentar su pasaporte (con el sello de ingreso al territorio); por su parte, el ciudadano de la UE deberá presentar su DNI o certificado de registro de la UE.

Presentados todos estos documentos, la oficina otorgará un día específico para que el solicitante se dirija a colocar las huellas identificatoria, momento en el que se le entregará la tarjeta de residencia.

¿Qué pasa si se rompe la pareja de hecho en España?

Una de las preguntas más habituales que solemos recibir es, ¿Qué ocurre con el permiso de residencia española si la pareja termina? Pues bien, lo primero es destacar que el permiso de residencia por pareja de hecho, está ligado a la existencia de la misma, así que, si el vínculo se rompe, el permiso deberá seguir la misma suerte.

En este sentido, será obligación del residente notificar a la oficina de extranjería de tal disolución del vínculo. En tal caso, el extranjero tendrá un lapso de tres meses después de la notificación para abandonar el territorio.

Sin embargo, se debe señalar que existe una excepción a esta regla. Así, si la pareja tiene más de tres años de constituida y al menos 12 meses de convivencia ininterrumpida, el permiso de residencia seguirá vigente, aunque la relación haya terminado.

¿La pareja de hecho da acceso a la nacionalidad?

La respuesta es que no. A lo que da acceso la pareja de hecho es a la residencia, en la mayoría de los casos por cinco años (aplican excepciones cuando el ciudadano comunitario es estudiante).

Lo que sí sería posible es solicitar la nacionalidad española transcurridos los cinco años de la residencia, pero no por la pareja de hecho, sino por el tiempo de residencia legal en el territorio.

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