Caso práctico: Clave para sistema Red. Baja de un trabajador por no aceptación modificación sustancial
- Orden: Laboral
- Fecha última revisión: 23/10/2017
- Origen: Iberley
PLANTEAMIENTO
Necesito saber que clave tengo que poner en una baja de un trabajador al amparo del art. 41.3, ET. En este caso se trata de un trabajador que al resultar perjudicado por una modificación sustancial decide rescindir su contrato y percibir una indemnización de veinte días de salario por año de servicio.
RESPUESTAS
No existe referencia a una clave para las extinciones en base al art. 41.3, ET por lo que correspondería una Clave 54. En este caso a pesar de que inicialmente parece corresponder la clave 51 (Dimisión/baja voluntaria) o una Clave 92: (Baja despido causa objetiva trabajador) al no establecerse código específico para esa baja del trabajador en el Boletín del sistema Red 2012/08 (5 de octubre de 2012), se recomienda una Clave 54: Baja no voluntaria
Le adjunto la información del Boletín 2012/08 del sistema red:
Clave 51: Dimisión/Baja voluntaria
• Dimisión del trabajador.
• Cese voluntario del trabajador durante el periodo de prueba.
• Rescisión de la relación laboral por voluntad del trabajador por motivos no incluidos en otra clave específica incluidos los del artículo 50ET.
Clave 53: Baja por despido disciplinario individual
• Baja por extinción del contrato por despido individual disciplinario regulado en el artículo 54 ET (basado en el incumplimiento grave y culpable del trabajador)
Clave 54: Baja no voluntaria
• Fin contrato en situación de IT del trabajador.
• Cierre legal de la empresa
• Despidos derivados de la muerte o jubilación del empresario.
• Disolución de cooperativa.
• Cambio entre cuentas de cotización dentro de la misma empresa o grupo de empresas
• Extinciones de contratos concertados por entidades sin ánimo de lucro para la ejecución de planes y programas públicos determinados sin dotación económica estable. (Artículo 52 letra e) ET)
• Desistimientos de los empleadores en el sistema especial de empleados del hogar
• Cualquier otra extinción no voluntaria de la relación laboral no incluida en clave específica.
• No se incluirán los supuestos de pase a inactividad de trabajadores fijos discontinuos para los cuales se utilizará la clave 94.
Clave 55: Baja por fusión/absorción de la empresa
• Baja de trabajadores como consecuencia de fusiones, absorciones, segregaciones de empresas que impliquen cambio de código de cuenta de cotización.
Clave 56: Baja por fallecimiento
• Fallecimiento del trabajador
Clave 58: Baja por pase a pensionista el trabajador
• Baja por tener el trabajador la condición de pensionista de cualquier prestación de la Seguridad Social.
Clave 63: Baja por excedencia voluntaria o forzosa
• Suspensión del contrato de trabajo por excedencia.
• Excedencia forzosa por desempeño de cargo público
Clave 65: Baja por agotamiento de I.T.
• Agotamiento del periodo de Incapacidad Temporal sin obligación de mantenimiento de alta en la empresa.
Clave 67: Baja por paro estacional
• Paro estacional en el Régimen Especial del Mar.
• En los supuestos de fijos discontinuos no incluidos en el Régimen Especial del Mar úsese la clave 94.
Clave 68: Excedencia cuidado de hijos
Clave 69: Baja por suspensión temporal ERE
• Suspensión de la relación laboral sin prestación o subsidio de desempleo y sin que exista acuerdo en ERE por el que la empresa adquiere la obligación de mantenimiento de alta y cotización por el trabajador.
Clave 73: Baja por excedencia cuidado familiares
Clave 74: Baja por otras causas de suspensión
• Mutuo acuerdo de las partes.
• Causas de suspensión consignadas en el contrato.
• Pase a ejercicio de cargo público representativo.
• Privación de libertad sin sentencia.
• Suspensión de empleo y sueldo.
• No se incluirán los supuestos de pase a inactividad de trabajadores fijos discontinuos para los cuales se utilizará la clave 94
Clave 76: Baja excedencia violencia de género
• Solo aplica a funcionarios.
Clave 77: Baja por despido colectivo.
• Despidos colectivos que se rigen por el Artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores.
• Incluyen por tanto extinciones de contrato por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, así como las extinciones derivadas de fuerza mayor del artículo 51.7, ET
No incluyen los despidos de un número de trabajadores que no alcancen los umbrales del artículo 51 ET los que se incluirán en la Clave 91.
• Despidos colectivos llevados a cabo durante un proceso de concurso de acreedores que se rigen por el Artículo 64 de la Ley Concursal.
Clave 80: Suspensión por violencia de género
• Artículo 45.1.n del Estatuto de los Trabajadores Clave 85: Baja por no superar el periodo de prueba
• Baja por no superar el periodo de prueba del contrato en los términos establecidos en el artículo 14ET con desistimiento del empresario.
• No se incluyen las bajas motivadas por voluntad del trabajador durante dicho periodo para las que se usará la Clave 51
• También se usará para las bajas por desistimiento del empresario en los contratos de emprendedores regulados en el artículo 4 de la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, durante el periodo de prueba, que con carácter excepcional tiene una duración de un año.
Clave 91: Baja despido por causas objetivas (empresa)
• Extinción del contrato de uno o más trabajadores, por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, sin alcanzar los umbrales del artículo 51ET para los que se utilizará la Clave 77. (Artículo 52 letra c) ET)
• No se usará en el caso de despidos individuales por ineptitud del trabajador (artículo 52 letra a) ET), por falta de adaptación a las modificaciones del puesto de trabajo (artículo 52 letra b) ET), o por faltas de asistencia (artículo 52 letra d) ET) para los que se utilizará la clave 92.
• Para los supuestos de extinción de contratos del artículo 52 letra e) ET concertados con entidades sin ánimo de lucro para la ejecución de planes y programas públicos determinados sin dotación económica estable, úsese la clave 54.
• No se utilizarán las extinciones por finalización de contratos temporales o de duración determinada correspondientes a la clave 93.
• En los supuestos de bajas por pase a inactividad de fijos discontinuos se utilizará la clave 94.
• No se usará para la extinción de contrato derivado de la muerte o jubilación del empresario para la que se utilizará la clave 54.
Clave 92: Baja despido causas objetivas (trabajador)
• Extinciones de contratos por ineptitud del trabajador (artículo 52 letra a) ET), por falta de adaptación a las modificaciones del puesto de trabajo (artículo 52 letra b) ET), o por faltas de asistencia (artículo 52 letra d) ET).
• Para los supuestos de extinción de contratos del artículo 52 letra e) ET concertados con entidades sin ánimo de lucro para la ejecución de planes y programas públicos determinados sin dotación económica estable, úsese la clave 54.
• En el caso de despidos por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción úsense las claves 91 y 77 en función del número de trabajadores afectados.
• En los supuestos de bajas por pase a inactividad de fijos discontinuos se utilizará la clave 94.
• No se incluirán las extinciones por finalización de contratos temporales o de duración determinada correspondientes a la clave 93.
Clave 93: Baja por fin de contrato temporal o de duración determinada
• Bajas por finalización de contrato en las que no se ha producido un despido Se incluirán los siguientes supuestos: – Fin de contrato de obra y servicio – Fin de contrato eventual por circunstancias de la producción – Fin de contrato de interinidad – Fin de contrato de sustitución – Fin de contrato de relevo – Fin de contratos formativos (formación y aprendizaje, y prácticas) – Fin de interinidades en la Administración Pública – Fin de actuación artistas
• No se incluirían las situaciones de por pase a inactividad de trabajadores fijos discontinuos que incluyen en el supuesto de la Clave 94
Clave 94: Baja por pase a inactividad fijos discontinuos
• Bajas derivadas del cese de la actividad de los trabajadores fijos discontinuos al finalizar el periodo para el que fueron llamados para ejercer la actividad.
• La baja debe comunicarse tantas veces como finalicen los llamamientos realizados por el empresario dentro de la relación laboral establecida.
• Para el supuesto de trabajadores dentro del Régimen Especial de Trabajadores del Mar úsese la clave 67.
Clave 99: Otras causas de baja
Úsese sólo excepcionalmente cuando la situación de baja no responda a ninguna de las anteriores.
Gracias a Iberley
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Hace dos anos fue despedida de una empresa por cese de actividad. Tenia contrato de fija descontinua. Supuestamente la compania tenia que darme de baja en Seguridad Social con clave 54. Pero resulta que ya pasando dos anos yo sigo siendo segunSeguridad Social como fija descontinua. Que puedo hacer para cambiar esta situacion ?
Buenas tardes,
Me gustaría saber dónde figuran esas claves en la vida laboral. El motivo es porque me han dado de baja sin mi consentimiento y quisiera saber si han puesto que es por voluntad propia.
Muchas gracias de antemano
Mi empresa nos está aplicación un artículo 18 de convenio de telemarketing, todos los trabajadores Somo indefinidos, según nos indican ese artículo contempla solo contratos fin de obra y nos comentan que lo mejoran respetandonos antigüedad horario y sueldo. Pero nos dicen que somos nosotros quien tenemos que solicitar una baja voluntaria a la empresa porque si no lo hacemos, estaríamos dados de alta en dos empresas a la vez con sus problemas con la seguridad social. Ellos no dan un precontrato y una vez firmado tenemos ke solicitar la baja y si no lo hacemos nos veríamos en ese caso. Nuestro miedo es a perder todos los derechos si hacemos eso.
Hola. Me puedes ayudar con el codigo D1R ?
Buenas desde diciembre llevo sin cobrar mi paro, porque dice la directora del sepe de Valladolid villavañez, no sale la causa de vaja cuando mi jefe me despidió estando d3 vaja laboral, le denuncie ala inpencion de trabajo y con la papeleta de carencia de documentación, pues nose presento ala conciliación, esta echao al ante para el juicio, pues todavía dice queno está señorita querida del sepe, pues la inspectora Yolanda la directora me mandó carta diciendo que esta fuera del país y no mando el tectificado y e la seguridad social me puso el código de baja 99,que no es vaja voluntaria, sino por otras causas ajenas al trabajador, poes nolo reconoce esta señorita del sepe de valladolid