según el Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad (https://www.boe.es/eli/es/rd/2022/10/18/888), esto significa que:
Clases de discapacidad
Clase 0. | Discapacidad nula | 0% – 4% |
El nivel de discapacidad evaluado es insignificante y no justifica una dificultad evaluable en la realización de las actividades de la vida diaria (AVD). | ||
Clase 1. | Discapacidad leve | 5% – 24% |
El nivel de discapacidad evaluado es leve y justificaría una dificultad leve en la realización de las AVD, siendo la persona independiente en la práctica totalidad de las mismas. | ||
Clase 2. | Discapacidad moderada | 25% – 49% |
El nivel de discapacidad evaluado es moderado y justificaría una dificultad moderada en la realización de las actividades de la vida diaria (AVD). Pudiendo existir una limitación total o imposibilidad para realizar alguna de ellas en cualquier dominio, siendo independiente en las actividades de autocuidado. | ||
Clase 3. | Discapacidad grave | 50% – 95% |
El nivel de discapacidad evaluado es grave y justificaría una dificultad grave en la realización de las AVD estudiadas. Pudiendo existir una limitación total o imposibilidad en su realización, en cualquier dominio, incluidas las actividades de autocuidado. | ||
Clase 4. | Discapacidad total | 96% – 100% |
El nivel de discapacidad evaluado es grave o total y justificaría la imposibilidad en la realización de casi todas las AVD estudiadas, incluidas las de autocuidado. |
En España, el reconocimiento de un grado de discapacidad conlleva diversos beneficios fiscales y sociales que varían según el porcentaje de discapacidad acreditado. A continuación, se detallan los principales beneficios asociados a distintos grados de discapacidad:
1. Beneficios Fiscales:
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF):
- Mínimo personal y familiar incrementado: Los contribuyentes con un grado de discapacidad igual o superior al 33% pueden aumentar su mínimo personal en 3.000 euros. Si el grado de discapacidad es igual o superior al 65%, el incremento es de 9.000 euros. Además, si se requiere ayuda de terceras personas o se tiene movilidad reducida, se suman 3.000 euros adicionales.
- Deducciones por ascendientes o descendientes con discapacidad a cargo:
- Se aplican incrementos en el mínimo familiar similares a los mencionados anteriormente, dependiendo del grado de discapacidad del familiar a cargo.
- Reducción en los rendimientos del trabajo:
- Los trabajadores con discapacidad pueden deducir 3.500 euros si su grado de discapacidad es igual o superior al 33% e inferior al 65%. Si el grado es igual o superior al 65%, la deducción asciende a 7.750 euros.
- Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA):
- Aplicación de un tipo reducido del 4% en la adquisición y adaptación de vehículos destinados al transporte de personas con discapacidad, así como en la compra de prótesis, ortesis e implantes internos.
- Exención del Impuesto de Matriculación y del Impuesto de Circulación:
- Los vehículos matriculados a nombre de personas con discapacidad para su uso exclusivo están exentos de estos impuestos.
2. Beneficios Sociales:
- Tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida:
- Permite el estacionamiento en plazas reservadas y otras facilidades de aparcamiento. Se otorga a quienes tienen reconocido el baremo de movilidad reducida o una reducción severa de la agudeza visual.
- Bonificaciones en el transporte público:
- Existen bonos o tarjetas de transporte público con tarifas reducidas para personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33% o al 65%, según la localidad.
- Tarjeta Dorada de RENFE:
- Disponible para personas con discapacidad igual o superior al 33%, ofrece descuentos en billetes de tren. Si la discapacidad es igual o superior al 65%, el acompañante también disfruta de las mismas condiciones económicas.
- Ayudas para la adquisición de vivienda:
- Las personas con discapacidad tienen prioridad en la adjudicación de viviendas de protección oficial y pueden acceder a ayudas para la adaptación de la vivienda.
- Prestaciones económicas:
- Asignaciones por descendientes con discapacidad a cargo, pensiones no contributivas y subsidios específicos, como el de movilidad y compensación por gastos de transporte.
3. Beneficios Laborales:
- Reserva de empleo en el sector público:
- Se reserva un cupo no inferior al 7% de las vacantes para ser cubiertas por personas con discapacidad, destinando el 2% para personas con discapacidad intelectual y el resto para otras discapacidades.
- Obligación de contratación en empresas privadas:
- Las empresas con 50 o más trabajadores deben asegurar que al menos el 2% de su plantilla esté compuesta por personas con discapacidad.
- Bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social:
- Las empresas que contratan a personas con discapacidad pueden acceder a bonificaciones en las cuotas empresariales a la Seguridad Social, cuyo importe varía según el tipo de contrato y el grado de discapacidad del trabajador.
4. Otros Beneficios:
- Patrimonio protegido:
- Es un patrimonio destinado a atender las necesidades de las personas con discapacidad, con beneficios fiscales tanto por las aportaciones realizadas como por las recibidas. Pueden beneficiarse personas con discapacidad psíquica igual o superior al 33% y personas con discapacidad física o sensorial igual o superior al 65%.
- Acceso a actividades recreativas y culturales:
- Programas subvencionados que facilitan la participación en actividades de ocio, cultura y promoción de la salud.
Es importante destacar que la acreditación del grado de discapacidad debe realizarse mediante certificado expedido por el órgano competente de las comunidades autónomas o por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO). Además, algunos beneficios pueden estar sujetos a requisitos adicionales o variar según la comunidad autónoma. Por ello, se recomienda consultar con las administraciones locales para obtener información actualizada y específica sobre cada beneficio.
En conclusión, el reconocimiento de un grado de discapacidad en España permite acceder a una amplia gama de beneficios fiscales, sociales y laborales que buscan mejorar la calidad de vida y fomentar la inclusión de las personas con discapacidad en todos los ámbitos de la sociedad.
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