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CAUSAS CESE DE CONTRATO LABORAL

Con el despido se pone fin a la relación laboral entre la empresa y el trabajador. Existen varias causas para rescindir un contrato laboral, y en función de la misma tendrás que seguir unos procesos.

Las variables hacen que las opciones sean muchísimas, pero podríamos decir que, en general, hay tres documentos básicos a gestionar cuando se finaliza una relación laboral. ¿Quieres saber cuáles son?

Causas de la extinción del contrato

Hagamos un repaso a las causas más frecuentes por las que se termina un contrato laboral y, a muy grandes rasgos, qué suponen para la empresa:

  • Finaliza por alguna causa establecida en el contrato
    • Extinción durante el período de prueba: no hay que indemnizar al empleado.
    • Mutuo acuerdo: la empresa tendrá que pactar el finiquito y no pagar indemnización.
    • Contratos temporales o de obra y servicio: tampoco hay indemnización por finalización del mismo.
  • Finaliza por decisión de la persona trabajadora
    • Dimisión del trabajador: aquí tendrás que tener en cuenta el concepto del preaviso, que la empresa tendrá que haber especificado en el contrato del trabajador. Si el trabajador dimite sin dar el tiempo de preaviso indicado en el contrato, no tendrá derecho a cobrar la indemnización; podrías descontar los días que falten del preaviso.
    • Modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo y extinción por movilidad geográfica: el trabajador tiene derecho a rescindir el contrato y a recibir una indemnización.
  • Finaliza por decisión de la empresa
    • Despidos disciplinarios: la empresa finaliza el contrato por un incumplimiento grave y culpable del trabajador. En un acto de conciliación o acudiendo a la vía judicial, este despido podría considerarse.
      • Procedente: la empresa no tendrá que pagar indemnización.
      • Improcedente: la empresa tendrá que optar entre la readmisión del trabajador o la indemnización.
      • Nulo: la empresa tendrá que readmitir al trabajador en el mismo puesto y adeudarle los salarios que no percibió desde la fecha del despido.
    • Despidos objetivos: debidos a causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Al igual que en los despidos disciplinarios, al impugnarlos podrían ser considerados procedentes, improcedentes o nulos.
    • Despidos colectivos (ERE de extinción).

Comunicación de finalización de la relación laboral

En función del motivo que pone fin a la relación de trabajo entre el empleado y la empresa, tal y como hemos visto anteriormente, este documento corresponderá a una comunicación o documento diferente:

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Recibo de saldo y finiquito

El recibo de saldo y finiquito es uno de los documentos con el que se pone fin a la relación laboral entre la empresa y el trabajador y en el que al mismo tiempo ambas partes acreditan esta extinción (tienen que firmarlo empresa y trabajador). Es indiferente la razón del cese de contrato: tienes que entregarlo siempre a la fecha de notificación del cese por fin de contrato, despido, etc.

En este documento de liquidación tienes que hacer constar el pago de conceptos pendientes ante el cese de contrato:

  • Salarios pendientes de pago hasta el día del cese del contrato.
  • Parte proporcional de las pagas extra.
  • Vacaciones no disfrutadas.
  • Horas extraordinarias.
  • Indemnización por despido, cuando corresponda. Si tu empresa lo considera necesario, la información sobre la indemnización la puedes facilitar en otro documento aparte.
  • Cualquier cantidad que la empresa deba al empleado y que haya generado a su favor en los últimos doce meses (incentivos, comisiones, bonus, etc.).

¿Quieres saber más? Lee nuestro artículo sobre el documento de liquidación o finiquito y cómo calcularlo. Además de un ejemplo práctico de cálculo, al final del mismo encontrarás una plantilla gratis que podrás descargar para utilizarla como documento de liquidación y finiquito. Lo que nunca deberá faltar en tu carta de liquidación serán datos como la identificación de la empresa y del trabajador, y una propuesta de liquidación, en el caso de que proceda.

¿Tienes toda la información que necesitas sobre cómo gestionar las nóminas de tus trabajadores? Puede que quieras acceder a nuestra guía sobre la gestión de nóminas

¿Cuál es la diferencia entre liquidación y finiquito?

En el finiquito tienes que incluir, además de las cantidades que hemos indicado, la coletilla de que la relación laboral queda extinguida y que el empleado declara que no tiene nada más que recibir por concepto alguno.

Así, según jurisprudencia, la entrega del finiquito se limita a los casos de cese de la relación laboral. Por ejemplo, en el caso de trabajadores fijos discontinuos, existiría una liquidación, pero no un finiquito propiamente dicho.

Certificado de empresa: qué es y cómo tramitarlo

El certificado de empresa acredita a una persona la situación legal de desempleo y la causa de esta situación. Con este documento, el empleado que extingue su relación con la empresa podrá saber si tiene derecho o no a la prestación por desempleo y, en caso afirmativo, qué importe y durante cuánto tiempo le corresponderá.

La empresa debe enviar el certificado en el mismo momento en el que el trabajador cesa en su puesto, desde el sistema de envío telemático de certificados de empresa Certific@2 (obligatorio para empresas con más de diez trabajadores) y el Sistema RED de la Tesorería General de la Seguridad Social. Pero para comunicarlo al SEPE dispones de diez días para que no tengas que hacer frente a una sanción y multa.

Hay una excepción: los trabajadores fijos discontinuos o temporales que concatenan contratos en un mes. A ellos deberás entregarles el certificado de empresa en mano en lugar de enviarlo al SEPE.

¿Qué información debes indicar en el certificado empresarial?

  • Fecha de alta y de baja del empleado que cesa su relación contractual.
  • Tipo de contrato y jornadas de trabajo.
  • Causa del cese de la extinción de la relación laboral.
  • Cotización por contingencias comunes y desempleo (base de cotización de los últimos 180 días precedentes a la fecha de la suspensión/extinción de la relación laboral).
  • Vacaciones anuales retribuidas y no disfrutadas.

Solicitud de baja en la Seguridad Social

A través del Sistema RED, la empresa está obligada a indicar a la Tesorería General de la Seguridad Social las diferentes causas de baja. Así también se facilita a las personas que cesan en tu empresa la identificación del motivo de cada baja en la afiliación a la Seguridad Social.

La solicitud de baja tienes que cursarla en los tres días naturales desde el cese de la actividad laboral. Si la solicitas fuera de ese plazo, la obligación de cotizar por ese empleado se extinguirá el día en que la TGSS tenga conocimiento del cese.

¿Te parece complicado conseguir tener toda esta documentación lista a tiempo y a medida de cada caso de cese de contrato? Eso es porque aún no conoces el software de gestión de nóminas de Factorial: haz la prueba y verás que al gestionar todos los trámites administrativos desde nuestra plataforma contarás con una potente herramienta para generar los cálculos de la liquidación y del finiquito y tramitar tanto el certificado de empresa como la baja en la Seguridad Social.

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